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FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO - Coggle Diagram
FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
TRATADOS INTERNACIONALES
Son
acuerdos vinculantes
entre países que establecen
derechos y obligaciones.
Elemento clave
Son
manifestación expresa y escrita de la voluntad de los Estados
para ser obligados.
CREACIÓN
Los tratados se crean a través de negociaciones formales entre países soberanos.
RATIFICACIÓN
Una vez negociados, los tratados necesitan ser ratificados para ser legalmente vinculantes.
IMPLEMENTACIÓN
Los países implementan los tratados en sus respectivos sistemas legales.
COSTUMBRE INTERNACIONAL
Práctica general aceptada como ley, aplicable a todos los países por igual.
Elemento Objetivo o Material
La práctica de dichos sujetos solo constituye costumbre cuando
Es constante y uniforme
Se debe considerar su duración, coherencia, repetición y generalidad
El art. 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia
Elemento Espiritual
Opinio Juris
La costumbre requiere que los países actúen de manera habitual por
una convicción de obligación legal
Jus Cogens
Algunas normas de la costumbre internacional se consideran tan fundamentales que no pueden ser derogadas por tratados.
Aquiescencia
Consentimiento que se deduce del silencio o la abstención de un Estado ante un hecho o acto de otro Estado susceptible de modificar la situación jurídica existente.
Costumbre Regional
Se origina entre un grupo de Estados vecinos en un área geográfica determinada.
Ejemplo: materia de asilo entre los países latinoamericanos.
Costumbre Bilateral
Se forma entre dos Estados y es obligatoria para ambos.
Proceso de Formación
Práctica Consistente
Los Estados deben comportarse de la misma manera.
Opinio Juris
Creencia de que la práctica es jurídicamente obligatoria.
Desuso
Cuando este determinado comportamiento deja de existir.
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO INTERNACIONAL
Art. 38 del estatuto de la Corte Internacional
Se redactó con la finalidad de
resolver disputas con base en una fuente
distinta a los tratados y a la costumbre, para así evitar declararse
non liquet
sobre una disputa en donde no existiera un tratado o una costumbre aplicable.
Principio de Buena Fe
Es una norma fundamental en el Derecho Internacional que
exige a los Estados cumplir con los compromisos adquiridos
de manera honesta y leal.
Establece un
marco de confianza y cooperación entre los Estados
en sus relaciones internacionales, promoviendo la estabilidad y previsibilidad en los acuerdos.
Principio de Igualdad Soberana de los Estados
Este principio reconoce la
libertad de los Estados de tomar decisiones internas
e internacionales sin interferencia externa.
Establece que todos los
Estados son iguales en derechos
y deben ser
tratados con equidad
Principio de NO Intervención
Los Estados tienen el derecho a
desarrollar sus propias políticas sin interferencia externa.
Los Estados tienen el derecho a determinar su gobierno y sistemas políticos sin injerencia externa.
Principio de Solución Pacífica de Controversias
Las
negociaciones diplomáticas
son fundamentales para resolver disputas de manera pacífica.
Los
tratados de paz
son acuerdos formales que permiten la resolución pacífica de conflictos internacionales.
Los
tribunales de derecho internacional
son instancias judiciales para resolver disputas entre estados de manera legal y justa.
Principio de Respeto a los Derechos Humanos
Dignidad Humana
El principio requiere el respeto y protección de la dignidad inherente a todos los seres humanos, sin discriminación.
No Discriminación
Implica la prohibición de cualquier forma de discriminación basada en raza, género, religión, u otras características.
Protección Integral
Los derechos humanos deben ser garantizados de manera integral, abarcando aspectos civiles, políticos, sociales y culturales.
FUENTES SECUNDARIAS
Decisiones Judiciales como Fuente Auxiliar
Estas decisiones, provenientes de cortes internacionales, contribuyen a la formación y desarrollo del derecho internacional.
Son resoluciones emanadas de tribunales o cortes, que contribuyen al desarrollo e interpretación de normas internacionales.
Resolución de Conflictos
Las decisiones judiciales son fundamentales para resolver disputas entre Estados de manera imparcial y basada en la ley internacional.
Establecimiento de Precedentes
Las decisiones judiciales contribuyen a establecer precedentes que guían la interpretación y aplicación futura del derecho internacional público.
Decisiones Judiciales y Arbitrales
Decisiones Judiciales
Las decisiones judiciales como las sentencias y las opiniones consultivas establecen precedentes importantes para la resolución de disputas entre estados
Decisiones Arbitrales
El arbitraje internacional ofrece una forma alternativa de dirimir controversias entre estados y entidades internacionales.
Críticas Y Limitaciones de las Decisiones Judiciales
Falta de legitimidad:
Algunas decisiones judiciales son percibidas como carentes de legitimidad debido a la falta de representatividad de las jurisdicciones internacionales.
Complejidad de aplicación:
La implementación de decisiones judiciales en el ámbito internacional puede resultar complicada debido a la diversidad de sistemas legales y soberanía estatal.
Limitaciones en el cumplimiento:
Existen desafíos en cuanto al cumplimiento efectivo de decisiones judiciales por parte de los Estados, lo que afecta su efectividad.
Doctrinas Publicistas
Se refieren a las teorías y conceptos que abordan la actuación de los sujetos internacionales en la comunidad global.
Estas doctrinas se centran en la interacción entre Estados y su impacto en el contexto del Derecho Internacional.
Importancia en el Derecho Internacional Público
Claridad Jurídica:
proporcionan claridad en la interpretación y aplicación del derecho internacional público.
Desarrollo Jurisprudencial:
contribuyen al desarrollo de la jurisprudencia internacional al brindar análisis detallados de casos relevantes.
Apoyo a la Toma de Decisiones:
ayudan a orientar y fundamentar las decisiones en asuntos de derecho internacional, ofreciendo perspectivas y argumentos sólidos.
Principales corrientes y escuelas de las Doctrinas Publicistas
Doctrina Clásica:
Esta corriente se enfoca en la soberanía de los estados y el equilibrio de poder.
Doctrina Positivista:
Se basa en el positivismo jurídico y la primacía del derecho escrito en las relaciones internacionales.
Doctrina Funcionalista:
Destaca la interdependencia de los estados y la cooperación internacional para resolver problemas comunes.
Actos Unilaterales de los Estados
Se refieren a las decisiones o acciones tomadas por un Estado por su propia voluntad, sin la necesidad de un acuerdo con otros Estados.
Clasificación
Dependiente:
Producen efectos jurídicos cuando se realizan en relación con otros actos, unilaterales o multilaterales.
Autónomo:
Producen efectos jurídicos obligatorios y no requieren para su existencia de otro acto unilateral ni multilateral, aunque para producir efectos jurídicos obligatorios deben cumplir ciertos requisitos de fondo, forma y capacidad.
Tipos de actos unilaterales de los Estados
Notificación.
Comunicación que un sujeto del derecho internacional hace a otro de un hecho al que van unidas determinadas consecuencias jurídicas.
Reconocimiento.
Acto en el que el Estado admite como legítimo un determinado estado de cosas o una determinada pretensión.
Protesta.
Acto por el cual un Estado niega la legitimidad de cierta situación
Renuncia.
Acto por el cual se abandona una determinada pretensión jurídica. Implica la extinción de un derecho subjetivo del Estado que la formula.
Promesa.
Declaración en la que el Estado se obliga a realizar determinado comportamiento.
OSCAR YAEL ROCHA LÓPEZ
Medios y conductas por medio de las cuales se crean obligaciones internacionales
Fuentes Formales
Establecen procesos y métodos constitucionales que autorizan la creación de reglas obligatorias.
Fuentes Materiales
Establecen evidencia de reglas particulares o específicas de derecho que cuando son aprobadas