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Seguro Social Campesino
Es un régimen especial del Seguro Universal Obligatorio, para proteger a la población rural y a las personas dedicadas a la pesca artesanal.
Reseña histórica
- El 28 de agosto de 1968 se expide la Resolución A-91 del INP
- Inició con cuatro comunidades campesinas: Guabug, Yanayacu, Palmar y, La Pila
Cobertura
El jefe asegurado o jubilado y los miembros de su familia tendrán derecho a las prestaciones desde el primer mes de su afiliación a:
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- prevención de la enfermedad
- fomento de prácticas saludables
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- desarrollo comunitario con enfoque intercultural
- prestaciones de salud, por contingencias de enfermedad no profesional y maternidad
Afiliación
- Trabajadores en el área rural y laboran en el campo y/o se dedican a la pesca artesanal.
- Con residencia en el área rural.
- No ser afiliado a otro seguro público.
- Pertenecer a una organización campesina.
- No recibir remuneración de un empleador público o privado y tampoco contratar a personas para que realicen actividades económicas bajo su dependencia.
- No ser patrono.
Financiamiento
Se financia con el aporte solidario de
- las personas aseguradas y empleadoras del sistema de seguridad social
- con la aportación de las jefas o jefes de las familias protegidas
- asignaciones fiscales que garanticen su fortalecimiento y desarrollo.
Jubilación por vejez
La pensión de jubilación por vejez, se otorgará exclusivamente al jefe de familia asegurado que cumpla con un mínimo de ciento veinte (120) imposiciones mensuales y se encuentre entre los 65 y 70 años de edad.
Jubilación por invalidez
Únicamente al jefe de familia asegurado inválido, en forma total y permanente que, por enfermedad, alteración física o mental, se hallare en incapacidad permanente y total y, hubiere aportado un mínimo de 60 imposiciones mensuales
Auxilio para funerales
Para cualquiera de los miembros del grupo familiar, que será equivalente al 25% del salario mínimo de aportación, de conformidad al artículo 134 literal c) de la Ley de Seguridad Social.
Salud
Las prestaciones de salud y maternidad comprenderán acciones de:
- promoción de la salud
- prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades no profesionales
- recuperación y rehabilitación de la salud del individuo
- atención odontológica preventiva y de recuperación
- atención del embarazo, parto y puerperio.
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