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COMPETENCIA CONSTITUCIONAL DE LAS CONTRIBUCIONES, Reservadas, Principio…
COMPETENCIA CONSTITUCIONAL DE LAS CONTRIBUCIONES
CPEUM Art. 31 Obligaciones de los mexicanos
IV. Contribuir para el gasto público
Principio de equidad
Principio de legalidad
Principio de destino al gasto público
Principio de proporcionalidad
ESTADOS
Art.124: Disposiciones no señaladas para la Federación, son reservadas para los estados o la Ciudad de México
PROHIBICIONES
: Art. 117 (FF IV, V, VI y VII) y 118
Todos esos temas (comercio, impuestos, relaciones exteriores) son exclusivos de la Federación
FEDERACIÓN
F XXIV Auditoría Superior
F XXIX Establecer otras contribuciones
F VIII Deuda pública
CPEUM Art 73
F VII Establecer contribuciones para cubrir el Presupuesto
Atribuciones municipales
A) Contribuciones inmobiliarias
B)Participaciones federales
C) Ingresos derivados de servicios a su cargo
CPEUM Art 115 F IV
CONCURRENCIA
CPEUM Arts. 40, 73 F VII y 124
Federación y estados concurren en contribuciones con base en acuerdos, ya que la Constitución no establece exclusividades
Reservadas