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NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORIA 560 HECHOS POSTERIORES
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Hechos descubiertos después de la fecha del dictamen del auditor, pero antes de que se emitan los estados financieros
Después de que los estados financieros han sido emitidos, el auditor no tiene obligación de hacer ninguna investigación respecto de dichos estados financieros.
Cuando la administración revisa los estados financieros, el auditor debería realizar los procedimientos de auditoría necesarios en las circunstancias.
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Introducción
Su propósito es establecer
normas y proporcionar lineamientos sobre la responsabilidad del auditor respecto de los hechos posteriores.
se refiere tanto a los hechos que ocurren entre el final del periodo y
la fecha del dictamen del auditor, así como a los hechos descubiertos después de la fecha del dictamen.
El auditor deberá considerar el efecto de hechos posteriores sobre los estados
financieros y sobre el dictamen del auditor.
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