LEGISLACIÓN LABORAL COLOMBIANA BASICA

Se desprendió de la jurisdicción civil, en efecto el código civil estructuro los requisitos de un contrato, este mismo código daba normas sobre arrendamiento de criados domésticos y contratos de nodrizas para la lactancia de hijos que no son propios, estas normas fueron subrogadas por el articulo 22 del código sustantivo del trabajo.

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Derecho Laboral

Es el conjunto de principios, acciones y normas que regularizan directa e indirectamente las relaciones entre empleadores y trabajadores, y de estos con el Estado con la esencia de garantizar los derechos fundamentales de los trabajadores y la protección del trabajo.

fuentes

Se entienden como aquellos que dan origen a las normas jurídicas que se encargan de regular la conducta humana y las relaciones entre el estado y los ciudadanos.

Estas son:

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La Jurisprudencia

La Doctrina

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Esta constituida por los estudios de carácter jurídico, social y político sobre los orígenes de las normas positivas, su desarrollo y aplicación; esta integrado sobre la especulación acerca de los principios del derecho y sobre las normas generales que forman la legislación y que se originan en el estudio del derecho.

Esta compuesta por las decisiones de las autoridades judiciales, especialmente la que emana de la corte constitucional como entidad unificadora de la misma, la corte suprema de justicia y el consejo de estado, como auxiliares estatutarios de la ley.

La Costumbre

La Ley

Origen

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Muchos autores están de acuerdo en señalar que el origen del derecho contemporáneo del trabajo se encuentra en la división de clases que surgió a causa del nacimiento y auge del capitalismo industrial, sobre las tesis ISL (Individuales Sobre la Libertad) y sobre todo específicamente en base a la libertad referente al terreno laboral.

Es una regla de conducta impuesta por un acto de soberanía de carácter genérico e impersonal emanada por el congreso de la republica.

se ha utilizado ampliamente para regular las relaciones individuales de trabajo y para establecer el marco para que tanto trabajadores como empleadores regulen sus relaciones mediante modelos colectivos de interacción.

Consiste en el uso repetido y general de cierto hecho que termino convirtiéndose en norma de convivencia.

Composición

Estado

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Gobierno

Ramas del Poder Publico

Entidades que gozan de una condición especial

Órganos de Control

Se encuentra actualmente en un estatuto denominado código sustantivo del trabajo, que tiene 54 años, que desde su entrada en vigencia ha tenido múltiples:

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Reformas

y se pueden dividir así:

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Derecho Laboral Individual del Trabajo

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Derecho Colectivo del Trabajo

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Regulacion

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Despidos

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Procuraduría

Fiscalía

contraloría

Único Ente Acusador

control y regulación de las leyes económicas

defensor de los intereses del pueblo

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Ejecutiva

Legislativa

Judicial

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Alcalde

Gobernador

Presidente

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Senadores

Diputados

Concejales

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Juez de la Republica

Corte Constitucional

Corte Suprema de Justicia

indemnización por Despidos Injustos

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Contratos

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Derecho base

Control de la Aplicación de la Norma

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Art. 26

Art. 25

Art. 17

Compuesto por:

Daño Emergente

Indemnización actual a termino indefinido, ley 789 del 2002.

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30-20-20

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Salario

20-15-15

Básicamente compuestos por:

Causa y Objeto

divididos en

escritos

Verbales

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vicios

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Dolo

Fuerza

Error

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Terminación

Tipos

Validez

Elementos

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Su debida Solemnidad

Consensual

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Bilateral

Voluntad de las dos partes

Debe ser por escrito

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oneroso

Entre Dos Personas

Compuesto por El Objeto, Plazo y Valor

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Tratos Sucesivos

Que posea los recursos necesarios (remuneración)

Tiempo

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Prohibiciones

Para los trabajadores que devengue un salario superior a diez salarios mínimos legales mensuales vigentes operara de la siguiente manera: 20 días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor a un año; si el trabajador tuviere mas de un año de servicio se le pagaran 15 días adicionales del salario sobre los 20 días del salario anterior por cada año de servicio siguiente al primero y proporcionalmente por fracción.

Para los trabajadores que devengue un salario inferior a diez salarios mínimos legales mensuales vigentes operara de la siguiente manera: 30 días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor a un año; si el trabajador tuviere mas de un año de servicio se le pagaran 20 días adicionales del salario sobre los 30 días del salario anterior por cada año de servicio siguiente al primero y proporcionalmente por fracción.

Lucro cesante

Supone un menoscabo sufrido al patrimonio de la víctima.

Hace referencia a la ganancia que deja de percibirse, o la expectativa cierta económica de beneficio o provecho que no se realizo como consecuencia del daño.

cuando se forma una determinada voluntad interna sobre la base de una creencia inexacta.

consiste en someter a una presión física o moral a una persona con el propocito de inducirla a acordar la celebración de un contrato.

Cualquier sugestión o artificio que se emplee para inducir a error o mantener en el alguno de los contratantes.

Razones

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Despido por Autorización Legal.

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Trabajadora en Estado de Embarazo y Tres Meses.

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Trabajador Amparado por Fuero Fiscal.

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Trabajador que incumpla el reglamento interno de trabajo y este vinculado a un programa de salud de la empresa.

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Fijo

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A Termino Indefinido

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Requerimientos

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Objeto Lícito

Consentimiento

Capacidad

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Causa Lícita

Nadie puede impedir el trabajo a los demás, ni que se dedique a la profesión, industria o comercio que les plazca, siendo lícito su ejercicio, sino mediante resolución de autoridad competente encaminada a tutelar los derechos de los trabajadores o de la sociedad en los casos que se prevean en la ley.

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Art. 61

Aunque el contrato de trabajo se presente involucrado o en concurrencia con otro, u otros, no pierde su naturaleza, y le son aplicables.

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Art. 51

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Art. 59

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Art. 60

Suspensión

el contrato de trabajo se suspende:

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5

6

7

Fuerza mayor o o caso fortuito

Por la muerte o inhabilitación del trabajador

Por suspensión de actividades o clausura temporal de la empresa

Por licencia o permiso temporal concedido o por suspensión disciplinaria

por ser llamado el trabajador para prestar el servicio militar

por detención preventiva del trabajador o por arresto correccional

Por huelga

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les prohíbe a los empleadores:

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9

Reducir, retener o compensar suma alguna del monto de los salarios y prestaciones en dinero que corresponda a los trabajadores

Obligar en cualquier forma a los trabajadores a comprar mercancías o víveres.

Exigir o aceptar dinero del trabajador como gratificacion para que se le admita en el trabajo

Limitar o presionar en cualquier forma a los trabajadores en el ejercicio de su derecho de asociación

Imponer a los trabajadores obligaciones de carácter religioso o político

Hacer, realizar, o tolerar propaganda política en los sitios de trabajo

Hacer o permitir todo genero de rifas, colectas o suscripciones en los sitios de trabajo

Emplear en las certificaciones signos convencionales que tiendan a perjudicar a los interesados

Ejecutar o autorizar cualquier acto que vulnere o restrinja los derechos de los trabajadores

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Se prohíbe a los trabajadores:

1

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6

7

8

Sustraer de la fabrica, taller o establecimiento, los útiles de trabajo y las materias primas o productos elaborados

presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o drogas enervantes

conservas armas de cualquier clase en el sitio del trabajo

Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso

Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del trabajo

Hacer colectas, rifas y suscripciones o cualquier clase de propaganda en los lugares de trabajo

coartar la libertad para trabajar o no trabajar, o para afiliarse o no a un sindicato o permanecer en él o retirarse

Usar los útiles o herramientas suministradas en objetos distintos del trabajo contratado

Un mismo trabajador puede celebrar contratos de trabajo con dos o mas empleadores, salvo que se haya pactado la exclusividad de servicios en favor de uno solo.

El contrato de trabajo termina:

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C

D

E

F

G

B

H

A

I

Por muerte del trabajador

Por mutuo concentimiento

Por expiración del plazo fijo pactado

Por terminación de la obra o labor contratada

Por liquidación o clausura de la empresa o establecimiento

Por suspensión de actividades por parte del empleador durante mas de (120) días

Por sentencia ejecutoria

Por decisión unilateral

Por no ingresar el trabajador a su empleo, la desaparecer las causas de la suspensión del contrato

Se entiende como la remuneración que el trabajador recibe por la prestación de sus servicios a un patrón.

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Tipos

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Por especie

Mixto

Monetario

Clases

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Pago

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Pago por Anticipo

es en calidad de prestamo

Pago por Anticipado

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El dinero si le pertenece al trabajador

Jornada laboral

se entiende como el plazo de realización de las tareas o responsabilidades laborales.

Clases

excepciones

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Salario Fijo y Salario Variable

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Natural

Nocturno

Dominical o Festivo

Viáticos

Salario Mínimo

Salario por Unidad de Tiempo

Salario por Unidad de Obra

Salario por Tarea

Salario Integral

Pagos que no Constituyen Salario

No constituyen salario las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador como primas, bonificaciones o gratificaciones ocasionales, participaciones en utilidades, excedentes de economía en la empresa solidaria, propinas, gastos de representación, viáticos ocasionales, medios de transporte y primas extra legales cuando se hayan pactado en convenciones que constituyen salario.

Consiste en la remuneración por la unidad de tiempo pactada. Mientras que el salario variable se define y se pacta por comisión.

Consiste en la suma convenida entre las partes, que en ningún caso podrá ser inferior a 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y que en él se encuentra toda la carga prestacional.

Carga prestacional

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Parafiscales

Prestaciones Sociales

Seguridad Social

el trabajador se compromete a entregar una determinada calidad de obra en un determinado tiempo

Se pactan teniendo en cuenta el tiempo que el trabajador use para realizar la labor

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De forma atípica

De tipo permanente

Salario en especie

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  1. en las labores que sean insalubres o peligrosas

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  1. La duracion de la jornada laboral de los menores de edad sujetas a las siguientes reglas

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entre 14 y 16 años podrán trabajar 6 horas diarias y 36 a la semana.

los menores entre 12 y 14 años la máxima legal es de 4 horas diarias y 24 a la semana

Los trabajadores entre 16 y 18 años no podrán exceder las 8 horas diarias y 48 a la semana.