La ley de aguas nacionales, menciona la francción XIII del articulo 8, que la atribución de la comisión nacional del agua: fomenta apoyar los servicios públicos urbanos y rurales de agua potable, alcantarillado, saneamiento, recirculación y reúso en el territorio nacional, para lo cual se coordinará en lo conducente con los Gobiernos de los estados, y a través de éstos, con los municipios.
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