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DECRETO 1072 DE 2015 CAPITULO 5 - Coggle Diagram
DECRETO 1072 DE 2015 CAPITULO 5
Articulo 2.2.4.6.23
Señala la obligación del empleador de adoptar métodos para identificar, prevenir, evaluar, valorar y controlar los peligros y riesgos en la empresa.
Articulo 2.2.4.6.24
Define la jerarquización de las medidas de prevención y control que deben adoptarse, desde la eliminación hasta el uso de equipos de protección, e indicar la obligación de suministrar EPP a los trabajadores
Articulo 2.2.4.6.25
Establece la obligación de implementar un plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias, e indica sus aspectos mínimos como identificación de amenazas, recursos, vulnerabilidad, simulacros y capacitación.
Articulo 2.2.4.6.37
Determina los plazos transitorios para sustituir el Programa de Salud Ocupacional por el SG-SST, según tamaño de empresa
Articulo 2.2.4.6.426
Indica que se debe implementar un procedimiento para evaluar el impacto de cambios internos o externos en SST y adoptar medidas preventivas antes de su implementación.
Articulo 2.2.4.6.27
: Señala que se debe establecer un procedimiento para garantizar la identificación de disposiciones de SST en especificaciones de compras o adquisiciones.
Articulo 2.2.4.6.28
Define aspectos mínimos relacionados con SST que deben considerarse en materia de contratación, tales como evaluación de proveedores, información de peligros y verificación del cumplimiento normativo
Articulo 2.2.4.6.29
Establece la obligación de realizar auditoría anual del SG-SST y su planificación participativa. El párrafo precisa aspectos del programa de auditoría.
Articulo 2.2.4.6.30
Detalla el alcance mínimo que debe tener la auditoría del SG-SST.
Articulo 2.2.4.6.31
Define la obligación de revisión anual del SG-SST por parte de la alta dirección, e indica sus aspectos mínimos para garantizar la mejora continua.
Articulo 2.2.4.6.32
Establece lineamientos para la investigación de incidentes, accidentes y enfermedades laborales, de acuerdo con normativa.
Articulo 2.2.4.6.33
Define las implementaciones y acciones preventivas y correctivas que se deben tomar base en resultados de supervisión, auditoría y revisión.
Articulo 2.2.4.6.34
Indica que se deben dar directrices y recursos para mejora continua del SG-SST
Articulo 2.2.4.6.36
Señala que en casos de incumplimiento se sancionará conforme a la normativa laboral
Articulo 2.2.4.6.35
Establece la capacitación obligatoria de 50 horas sobre SG-SST para los responsables de su ejecución
Articulo 2.2.4.6.38
Establece la constitución del Plan Nacional de SST, indicando los niveles normativos, coordinación, ejecución gubernamental y privado
Articulo 2.2.4.6.39
Señala que otras entidades gubernamentales deben integrarse al Plan Nacional de SST.
Articulo 2.2.4.6.40
Indica que cualquier persona natural o jurídica puede prestar servicios privados de SST, sujetos a supervisión del Ministerio de Salud.
Articulo 2.2.4.6.41
Establece las responsabilidades de los servicios privados de SST:
Articulo 2.2.4.6.42
Indica que la contratación de servicios privados de SST. no implica el traslado de responsabilidades del empleador al contratista.
No exonera de rendir informes a las autoridades sobre la ejecución de programas.