Las personas jurídicas, excluidas las sociedades civiles que no tengan objeto mercantil, las sociedades agrarias de transformación, los fondos de inversión, las uniones temporales de empresas, los fondos de capital-riesgo, los fondos de inversión colectiva de tipo cerrado los fondos de pensiones, los fondos de regulación del mercado hipotecario, los fondos de titulización, los fondos de garantía de inversiones, las comunidades titulares de montes vecinales en mano común, los Fondos de Activos Bancarios .