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Sección IV DESPACHO CON PAGO GARANTIZADO y Sección VI DESADUANAMIENTO…
Sección IV DESPACHO CON PAGO GARANTIZADO y Sección VI DESADUANAMIENTO DIRECTO
Sección IV DESPACHO CON PAGO GARANTIZADO
OBJETIVO
Facilitar el despacho aduanero de mercancías importadas, garantizando el pago de los tributos aduaneros y demás obligaciones tributarias.
Requisitos
Presentar la declaración aduanera de importación con tipo de pago "Pago garantizado".
Presentar una garantía aduanera por el cien por ciento de los eventuales tributos derivados del despacho.
Ser importador calificado por el SENAE.
Proceso
El importador presenta la declaración aduanera de importación con tipo de pago "Pago garantizado".
El SENAE evalúa la solicitud y emite una resolución de calificación.
El SENAE autoriza el despacho aduanero.
El importador paga los tributos aduaneros.
El importador presenta la solicitud de calificación al SENAE.
Ventajas de las dos secciones
Las dos secciones ofrecen las siguientes ventajas para los importadores
Reducen los costos de importación.
Simplifican los trámites aduaneros.
Agilizan el proceso de despacho aduanero.
Relación entre las dos secciones
Ambas secciones tienen como objetivo facilitar el despacho aduanero de mercancías importadas. La Sección IV lo hace mediante la garantía de pago de los tributos aduaneros, mientras que la Sección VI lo hace mediante la eliminación de la intervención de un agente de aduanas.
Sección VI DESADUANAMIENTO DIRECTO
Objetivo
Facilitar el despacho aduanero de mercancías importadas, sin la intervención de un agente de aduanas.
Requisitos
Contar con un sistema informático aduanero que cumpla con los requisitos establecidos por el SENAE.
Ser importador calificado por el SENAE.
Proceso
El importador presenta la declaración aduanera de importación.
El SENAE autoriza el despacho aduanero.
El SENAE evalúa la solicitud y emite una resolución de calificación.
El importador paga los tributos aduaneros.
El importador presenta la solicitud de calificación al SENAE.
DANIEL LAZO NRC:1644