Antes de que los contenedores salgan del almacén, la aerolínea debe enviar a la Dirección de Zona Primaria un listado que incluya el número de identificación del contenedor, códigos, descripción y cantidad de productos, número de formulario de egreso de bodega, número de sellos para el egreso y retorno del contenedor, y los números de vuelo de salida y retorno.
El almacén especial debe realizar el ingreso físico de estas mercancías a sus instalaciones. Para las mercancías vendidas, el almacén especial debe registrarlas en el sistema informático de la Aduana del Ecuador en un plazo máximo de 24 horas desde el aterrizaje de la nave, con el objetivo de realizar el débito correspondiente en su inventario.
El contenedor que se mueva a través de la Zona Primaria debe estar debidamente asegurado con sellos. A su retorno al almacén especial, antes de ingresar, debe contar con los sellos impuestos en la nave.
Este procedimiento se realizará, sin perjuicio de las actividades de control
que la Aduana del Ecuador pueda ejecutar, de forma aleatoria.