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INCOTERMS 2020 - Coggle Diagram
INCOTERMS 2020
INCOTERMS
Al momento de elegir el INCOTERM se debe considerar lo siguiente:
Situación geográfica de la mercancía
Naturaleza de la mercancía y su destino
Existencia o no un seguro de la mercancía
Experiencia de ambas partes
Especificaciones, documentaciones y trámites de aduana
EXW: Ex Works o En
Fábrica
El vendedor realiza la entrega cuando pone
la mercancía a disposición del comprador
en las instalaciones del vendedor u otro
lugar designado, en la fecha acordada.
El vendedor no tiene que cargar la
mercancía, ni tiene que despacharla para la exportación, esto lo hace el comprador y
corre por su riesgo
Transmisión de riesgos del vendedor al comprador:
En el momento de la entrega, antes que la
mercancía se cargue en el primer medio de transporte, en las instalaciones del vendedor
No se aconseja utilizar este INCOTERM porque el vendedor pierde el control de la mercancía y
las garantías de que los trámites de exportación se realizan correctamente, y el comprador tiene que hacerse cargo de todos los costes, trámites documentales y aduaneros.
FCA: Free Carrier o Franco Transportista
El vendedor entrega la mercancía al
transportista o a la persona designada por el comprador en las instalaciones de la
empresa compradora o en otro lugar
designado y debe realizar el despacho de la
mercancía para la exportación
Transmisión de riesgos del vendedor al
comprador:
El riesgo se transmite del
vendedor al comprador en el punto de entrega.
La entrega se considera completa:
Si la mercancía ha sido cargada en los medios de transporte dados por el comprador y el lugar
de entrega es en las instalaciones del vendedor.
Si la mercancía está lista para su descarga y se ha puesto a disposición del transportista en
los medios de transporte del vendedor.
FCA debería sustituir al FOB para envíos de mercancía en contenedor. Sin embargo, se
recomienda que FCA sea el mínimo INCOTERM a utilizar, pues es mejor para el vendedor gestionar el transporte hasta el puerto de destino - CPT/CIP (multimodal) y CIF/CFR (vía
marítima)
CPT: Carriage Paid To o Transporte Pagado Hasta
El vendedor debe contratar y pagar los
costes de transporte hasta el lugar convenido en destino y se encarga de
realizar el despacho de aduanas de exportación.
Transmisión de riesgos del vendedor
al comprador:
El riesgo se transmite
cuando el vendedor pone la mercancía en poder del primer porteador en el país
de origen.
La desventaja de este INCOTERM es que no se obliga a ninguna de las partes a asegurar la
mercancía, sin embargo, con CPT se tiene un control sobre los costes, la mercancía, el destino y los plazos.
CIP: Carriage and Insurance Paid To o Transporte y
seguro pagados hasta
El vendedor entrega la mercancía al
transportista en un lugar acordado,
contrata y paga el transporte hasta el
lugar de destino designado, además debe asumir la contratación de un seguro
que cubra los riesgos de ese transporte.
También se encarga de realizar el
despacho de aduanas de exportación.
Transmisión de riesgos del vendedor al comprador:
El riesgo se transmite cuando el vendedor
pone la mercancía en poder del primer porteador en el país de origen.
Este INCOTERM junto con el CIF son muy recomendables porque existe un control sobre los
costes, la mercancía, el destino y los plazos y un buena negociación con clientes, además existe un seguro con cobertura ICC (A).
DAP: Delivered at Place o Entregado en el lugar
El vendedor realiza la entrega de la
mercancía cuando la pone a disposición
del comprador en el medio de transporte
de llegada, sin descargar, y en el punto de destino convenido, aquí sucede la
transmisión del riesgo.
Además, el vendedor se encarga de
realizar el despacho de aduanas de exportación.
Este INCOTERM no se recomienda en países en vías de desarrollo, pues se puede sufrir
contratiempos y gastos difíciles de controlar
DPU: Delivered at Place Unloaded o Entregado en el
lugar Descargado
El vendedor realiza la entrega de la
mercancía y transmite el riesgo cuando la pone a disposición del comprador en el
medio de transporte de llegada,
descargada por sus medios, y en el punto
de destino convenido. El vendedor también es responsable de
los trámites aduaneros de exportación.
Este es el único INCOTERM que obliga al vendedor a realizar la descarga en destino
No se recomienda este INCOTERM en países con infraestructuras de transporte y
telecomunicaciones poco desarrolladas porque se tiene peligro se sufrir contratiempos que ocasionan más gastos, por ello es más recomendable usar CIP (transporte multimodal) o CIF
(transporte marítimo).
Tampoco se recomienda este INCOTERM en países más desarrollados si no se dispone de
medios para realizar la descarga de la mercancía en destino.
DDP: Delivered Duty Paid o Entregado con Derechos
Pagados
El vendedor realiza la entrega de la
mercancía cuando la pone a disposición del comprador en el medio de transporte
de llegada, preparada para la descarga (pero sin descargar) y en el punto de
destino designado, despachada para la importación
En este INCOTERM existe una máxima responsabilidad para el vendedor, pues es quien
asume el coste de transporte y riesgo desde origen hasta el almacén del comprador en destino, así como los trámites aduaneros e impuestos en el país de destino.
Se recomienda que los exportadores eviten utilizar este Incoterm en ventas hacia países donde
no sea posible controlar el total de los gastos de transporte, por ello es más recomendable usar CIP (transporte multimodal) o CIF (transporte marítimo)..
FAS: Free Alongside Ship o Franco al costado del
buque
El vendedor realiza la entrega cuando la
mercancía se coloca al costado del buque designado por la empresa
compradora, en el puerto de embarque designado.
También se encarga de realizar el
despacho de aduanas de exportación.
Transmisión de riesgos del vendedor al comprador:
ocurre cuando la mercancía se
encuentra ubicada "junto al buque" en el puerto de embarque designado por el comprador
Este INCOTERM debe usarse exclusivamente cuando se trate de transportes marítimos o
por vías navegables
FOB: Free On Board o Franco a bordo
El vendedor entrega la mercancía a
bordo del buque designado por el comprador, en el puerto de embarque
designado Además, el vendedor se encarga de
realizar el despacho de aduanas de exportación.
Transmisión de riesgos del vendedor al comprador:
ocurre cuando la mercancía está sobre el
buque, debiendo asumir los costes y riesgos de manipulación de la mercancía para subirla a bordo por parte de la naviera
FOB es una opción para transportes marítimos, pero requiere control de contratos de fletamento
y asume gastos portuarios. Se recomienda FCA para mayor control y documentación en contenedores marítimos.
CFR: Cost and Freight o Coste y Flete
El vendedor entrega la mercancía a
bordo del buque y debe contratar y pagar los costos y el flete hasta el puerto de
destino designado. También es responsable del despacho de aduanas.
Transmisión de riesgos del vendedor al comprador:
: El vendedor asume el coste del transporte
hasta el destino convenido pero transmite el riesgo al comprador cuando la mercancía se entrega al primer transportista, salvo que contrato de compraventa dicte otra cosa.
Este INCOTERM es recomendable para el vendedor porque existe un control de costes,
operación, riesgo, mercancía y plazos, y flexibilidad ante imprevistos. Cabe mencionar que debe usarse sólo para transporte marítimo
CIF: Cost, Insurance and Freight o Coste, seguro y
flete
El vendedor entrega la mercancía a
bordo del buque y debe contratar y pagar los costos, el seguro y el flete hasta el
puerto de destino designado.
Además, el vendedor se encarga de
realizar el despacho de aduanas de exportación.
Transmisión de riesgos del vendedor al comprador:
: El vendedor asume el coste del transporte
hasta el destino convenido pero transmite el riesgo al comprador cuando la mercancía se entrega al : primer porteador, salvo que contrato de compraventa dicte otra cosa.
CIF es recomendable porque se tiene un control de costes, operación, riesgo, mercancía,
destino, plazos y flexibilidad ante imprevistos. Además, se contrata un seguro con cobertura ICC (C), pero debe utilizarse sólo para transporte marítimo
PRINCIPALES ERRORES DEL USO DE INCOTERMS
No asegurar la
mercancía
Es riesgoso que las mercancías viajen sin asegurar
Sólo en los INCOTERMS CIP y CIF el vendedor está obligado a asegurar
la mercancía
Es recomendable que el vendedor sea el que asegure cuando se utilicen
los términos "D" porque él corre con los riesgos hasta destino
Se recomienda que el comprador asegure en los términos "E", "F" y "C"
(excepto CIP y CIF)
No controlar
los gastos
Los términos C permiten un mayor control sobre los costes, pues aunque se
paga el transporte hasta destino, el riesgo se transmite en origen evitando encarecimientos imprevistos
Los términos D son arriesgados para el vendedor si éste no conoce bien las
operaciones en destino, por ello puede aparecer sobrecostes inesperados
En FOB, el transporte marítimo es contratado por el comprador, por eso el
vendedor desconoce los costes de manipulación portuaria y embarque que debe pagar
No realizar
correctamente los despachos
de aduanas
El vendedor realiza y paga todos los trámites de la exportación, mientras que
el comprador se encarga del papeleo de importación, excepto en:
EXW: el comprador se hace cargo de todos los trámites de importación/ exportación. Esto es un riesgo para el vendedor y para el comprador
DDP: el vendedor se hace cargo de todos los trámites de
importación/exportación
Utilizar INCOTERMS
puramente marítimos para transportes
intermodales
Se suele utilizar incorrectamente FOB, CFR y CIF en lugar de utilizar FCA, CPT y CIP para envíos en los que interviene más de un modo de transporte, cuando estos se realizan con el
contenedor marítimo desde el almacén del vendedor
CAMBIOS EN LOS INCOTERMS 2020 RESPECTO A
LOS INCOTERMS 2010
Cambio de denominación de DAT (Delivered At Terminal) a DPU (Delivered at Place Unloaded o Entregada en lugar descargada)
Este cambio se da por el poco uso de DAT. Por otro lado, DPU permite el control logístico integral para empresas que venden mercancías delicadas, desde origen hasta la descarga en destino
(excluyendo trámites aduaneros y pagos de impuestos en destino).
CIP/ CIF modificaciones en la cobertura de seguro
Para los acuerdos de envíos en CIP la cobertura deberá ser ICC
"A" ( "todo riesgo marítimo"), mientras que si el envío se realiza en condiciones CIF la cobertura de seguro es ICC "C" (inferior a
la clase "A")
Cambio en FCA
En FCA, los Incoterms 2020 permiten al
comprador instruir al porteador para que este entregue al vendedor un documento de
embarque "a bordo", pero es recomendable evitar cartas de crédito con FCA o FOB, o
sustituir el documento por otro que no dependa evitar cartas de crédito con FCA o FOB, o
sustituir el documento por otro que no dependa
Otros cambios
Los cambios restantes son
principalmente formales y abarcan aspectos como la presentación de
información, la relación de gastos A9/B9, la opción de que el vendedor o
comprador contrate o proporcione su propio transporte, etc..
TIPOS DE INCOTERMS
Según la responsabilidad del vendedor
Término E
El vendedor sólo tiene que poner la
mercancía en sus instalaciones a disposición del comprador. Sólo hay un INCOTERM dentro de esta categoría:
Términos F
El vendedor debe entregar la mercancía en
el país de origen, al transportista principal
que es pagado por el comprador.
Términos C
El vendedor contrata y paga los costes del
transporte principal pero no el riesgo por pérdida o daño, que será por cuenta del
comprador desde el momento en que se
realiza la entrega al primer transportista en el
país de origen.
Términos D
El vendedor asume más responsabilidad,
como los gastos y riesgos para llevar la mercancía al punto de destino convenido.
Son los únicos términos en los que la entrega del vendedor al comprador se
realiza en el país de destino.
TIPOS DE INCOTERMS
segun modo de transporte
multimodales
CPT
CIP
FCA
DAP
EXW
DPU
DDP
Marítimos y vías
navegables
FAS
FOB
CFR
CIF
DEFINICIÓN
Son los términos de aceptación
voluntaria entre comprador y vendedor de una operación de
compraventa internacional
Incoterms proviene de "International
Commercial Terms" que en español quiere decir "Términos de Comercio
Internacional"
Conjunto de 11 términos comerciales
identificados por tres letras
Definen las responsabilidades
y obligaciones tanto del vendedor como del comprador
en una transacción comercial internacional.
Describen los siguientes aspectos:
Transferencia de riesgos sobre la
mercancía, del vendedor al comprador
Los Incoterms fueron creados por la Cámara de Comercio
Internacional. La última versión es la del 1 de enero de 2020,
donde entraron en vigor las reglas INCOTERMS 2020
El lugar de entrega de la mercancía
Quién contrata y paga los gastos de
transporte y seguro
Qué documentación tiene que tramitar
cada una de las partes
¿CUÁL ES LA FORMA CORRECTA DE REFLEJAR
UN INCOTERM EN UN CONTRATO DE COMPRAVENTA?
Es importante que en el contrato se
especifique el INCOTERM escogido,
seguido del lugar geográfico convenido
para la entrega de mercancías y la versión sobre la que se ha pactado las
condiciones de compraventa
Ejemplo:
FCA huaquillas, Pol. Ind. Monzú, 11. 2206,
INCOTERMS ® 2020
Sólo las reglas “D” son de entrega en destino (coincide lugar de entrega con lugar de
destino).
El lugar geográfico indicado junto al INCOTERM es el de entrega (Reglas E/F/D), excepto
en las Reglas “C”.
En las reglas “C”, el lugar geográfico mencionado junto al Incoterm no es el de entrega, sino
que indica el lugar de destino hasta donde el vendedor organiza y paga el transporte. En
estas es necesario precisar el lugar de entrega.
Ejemplo:
"CIP Buenos Aires, lugar
de entrega puerto de Valencia".
Así, ambas partes saben que la
entrega de la mercancía se producirá en el puerto de Valencia