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Convención de Viena y Ecuador - Coggle Diagram
Convención de Viena y Ecuador
Mecanismos de entendimiento mutuo
En roma, existieron tratados de
alianza, paz, amistad y alianza
En el siglo XV aparecen los tratados comerciales y la “cláusula de
la nación más favorecida”
Normas y principios relevantes
Pacta sunt Servanda
Jus cogens
Rebus sic stantibus
Res inter alios acta
Buena fe
Irretroactividad
Nulidad
Es nulo todo tratado cuya celebración se haya obtenido por la amenaza o el uso de la fuerza
Estos establecen que la Convención solo se aplica a tratados celebrados por Estados después de su entrada en vigor
Poner límites a la discrecionalidad de los Estados en el ejercicio de sus competencias soberanas
Los acuerdos internacionales
obligan solo a las partes contratantes
Podría revisarse o darse por
terminado un convenio
Representa normas imperativas en el derecho internacional, aceptadas por la comunidad internacional, no sujetas a acuerdos en contrario, y solo modificables por normas de igual carácter.
Los tratados
deben ser cumplidos
Disposiciones importantes
Alcance
Irretroactividad
Capacidad y consentimiento
Capacidad y consentimiento
Adhesión
Reservas
Interpretación
Enmienda y modificación
2 more items...
Debe interpretarse, de buena fe, y de
conformidad
En el momento de la firma, ratificación, aceptación o adhesión a un tratado
Es factible cuando se la contempla en el instrumento y es procedente para el Estado que no fue signatario original
Procede, únicamente, después de la firma y por
intermedio de el Presidente de la República y el
Canciller
El compromiso se expresa a través de la firma del
Primer Mandatario de la Nación
Tratados suscritos después de la vigencia de la misma
Se aplican a los tratados entre Estados
Delegaciones ecuatorianas contribuyeron activamente a la redacción de la Convención.
Criterios importantes fueron incorporados en el texto final gracias a la participación de Ecuador.
En 1968, Ecuador defendía la tesis de nulidad de tratados obtenidos por amenaza o uso de la fuerza.
Delegados ecuatorianos buscaban una norma en la Convención para resolver pacíficamente eventos de 1942.
Artículo 52 refleja criterios favorables para Ecuador.
Declaración respecto al artículo 4, buscando aplicar las disposiciones retroactivamente, aunque no tuvo éxito.
Conclusión de diferencias históricas entre Ecuador y Perú.
La declaración de Ecuador salvaguardó su posición en tratados afectados por amenazas de fuerza.
Evaluación de la conveniencia de ratificar la Convención en 2003.
Argumentos a favor de la ratificación, incluyendo la contribución a la normativa nacional.
Conformidad de la Asesoría Jurídica con los argumentos para la ratificación.
Reconocimiento del valor de la Convención por la Corte Internacional de Justicia.