Derecho privado: regula las relaciones entre particulares, así como entre particulares y el propio Estado. Sus ramas son:
Derecho civil: relaciones entre particulares, sobre todo las situaciones relacionadas con la nacionalidad, las herencias, etc.
Derecho mercantil: relaciones entre personas físicas y jurídicas; requisitos para la constitución de empresas; ampliaciones y reducciones de capital; responsabilidades de los empresarios, etc. Viene regulado en el Código de Comercio.
Derecho laboral: regula las relaciones laborales, los contratos, los límites, la duración de estos, etc. Se registra en varios sitios: Constitución, Estatuto de los Trabajadores, Contratos, Convenios Colectivos, Leyes, etc.