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LAS RAMAS DEL DERECHO SOCIAL (DERECHO AGRARIO) - Coggle Diagram
LAS RAMAS DEL DERECHO SOCIAL (DERECHO AGRARIO)
¿Qué es?
Es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones que surgen entre los sujetos que intervienen en la actividad agraria.
a) Ejidos
Los núcleos de población ejidales o ejidos tienen personalidad juridica y patrimonio propio.
El ejidatario tiene la facultad de designar a quien deba sucederle en sus derechos sobre la parcela y en los demás inherentes a su calidad de ejidatario.
Los derechos agrarios se transmitirán de acuerdo al siguiente orden.
Al cónyuge
A la concubina o concubinario
A uno de los hijos del ejidatario
A cualquier otra persona de las que dependan económicamente de él.
La calidad de ejidatario se pierde por la cesión legal de sus derechos parcelarios y comunes, por renuncia a sus derechos y por prescripción negativa.
Comunidades
Comunidad agraria es el conjunto de aquellas personas que fueron incluidas en el censo que sirvió de base para el reparto o restitución individual de tierras.
La comunidad implica el estado individual de comunero.
La Ley Agraria preceptúa que los procedimientos para que un núcleo agrario sea reconocido como comunidad son:
I. Una acción agraria de restitución para las comunidades despojadas de su propiedad.
II. Un acto de jurisdicción voluntaria promovido por quienes guardan el estado comunal.
III. La resolución de un juicio promovido por quienes conserven el estado comunal.
IV. El procedimiento de conversión de Ejido a Comunidad.
Los efectos jurídicos del reconocimiento de la comunidad son:
la personalidad jurídica del núcleo de pobación y su propiedad sobre la tierra.
La existencia del comisariado de Bienes Comunales como órgano de representación y gestión administrativa de la Asamblea de Comuneros en los términos que establezca el estatuto comunal y la costumbre.
La protección especial a las tierras comunales que las hace inalienables, imprescindibles e inembargables.
Los derechos y las obligaciones de los comuneros conforme a la Ley Agraria y el estatuto comunal.