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CONVENCIÓN DE VIENA Y ECUADOR - Coggle Diagram
CONVENCIÓN DE VIENA Y ECUADOR
El 23 de mayo de 1969, se suscribió en Viena la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, la cual consta de 85 artículos y entró en vigor el 27 de enero de 1980.
Tratado
: "Acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular".
ESTRUCTURA
Preámbulo
Función fundamental "interrelación de los sujetos del derecho internacional"
Importancia
Reconocimiento universal de los principios de "libre consentimiento", "buena fe" y la norma "pacta sunt servanda"
Resolución de controversias
Preminencia de los principios de derecho internacional
Contribución de la codificación y el desarrollo progresivo del derecho de tratados
Vigencia de las normas de derecho consuetudinario
Parte 1
Los artículos 1 al 5 tratan temas como la extensión, la terminología utilizada, los acuerdos internacionales excluidos, la no retroactividad de la Convención, los tratados que constituyen organizaciones internacionales y los tratados adoptados dentro del ámbito de una organización internacional.
Parte 2
Los Artículos 6 al 25 abordan la celebración y consentimiento de tratados, especificando los procedimientos para que los Estados manifiesten su voluntad de obligarse por un tratado
Parte 3
Artículos 26 al 38: Cumplimiento, Aplicación, Interpretación y relación de los tratados con terceros Estados.
Parte 4
Artículos 39 al 41 abordan la enmienda y modificación de los tratados.
Parte 5
Artículos 42 al 72 abordan temas de nulidad, terminación y suspensión de la aplicación de los tratados.
Parte 6
En los Artículos 73 al 75 se contemplan las 'Disposiciones diversas', que incluyen la sucesión de Estados, las relaciones diplomáticas o consulares, y el caso de un Estado agresor.
Parte 7
Artículos 76 al 80 tratan sobre los depositarios, notificaciones, correcciones y el registro de los tratados.
Parte 8
En los Artículos 81 al 85 se hallan las 'disposiciones finales', que abordan la firma, ratificación, adhesión, entrada en vigor y textos auténticos de los tratados.
Disposiciones importantes
La convención aborda diversos aspectos, como el alcance, la irretroactividad, la capacidad y consentimiento, ratificación, adhesión, reservas, interpretación, enmienda y modificación, nulidad, depositarios, y registro y publicación de los tratados.
Normas y principios relevantes
"Principios clave incluyen 'Pacta sunt Servanda' (los tratados deben ser cumplidos), 'Jus cogens' como norma imperativa, 'Rebus sic stantibus' (estando así las cosas), 'Res inter alios acta' (los acuerdos internacionales solo obligan a las partes contratantes), buena fe, irretroactividad y nulidad."
Planteamientos
Diversos elementos de la convención incluyen: Extensión, No retroactividad, Capacidad y consenso, Ratificación, Adhesión, Reservas, Interpretación, Enmienda y modificación, Nulidad, Depositarios, y Registro y publicación de los tratados.
PARTICIPACIÓN DE LAS DELEGACIONES DE ECUADOR
Las representaciones de Ecuador desempeñaron un papel activo en las reuniones previas a la aprobación de la Convención, logrando integrar elementos sustanciales de la posición ecuatoriana en el texto final.
Los representantes de Ecuador se esforzaron considerablemente para incluir en la Convención una norma que proporcione una solución legal y pacífica a los acontecimientos de 1942.
Asimismo, Ecuador aseguró su postura con respecto a los tratados en los que estuvo presente o se empleó la fuerza, conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la Convención.
OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL ECUADOR SEGÚN
LA CARTA DE LA ONU Y LA CONVENCIÓN.
CARTA
Cumplir de buena fe las obligaciones contraídas.
Arreglar las controversias internacionales por medios pacíficos.
Ante todo, mediante la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales u otros medios pacíficos de su elección.
A que se reconozca y respete la igualdad soberana.
Practicar la tolerancia y a convivir en paz.
A la no intervención en los asuntos que son esencialmente de la
jurisdicción interna, los pueblos, prohibición de la amenaza o el uso de la fuerza.
Respetar las obligaciones emanadas de los tratados.
CONVENCIÓN
Aceptar y poner en práctica los principios universalmente reconocidos de libre consentimiento, buena fe y pacta sunt servanda.
Buscar preservar la equidad y el acatamiento de las obligaciones derivadas de los tratados. Demandar el respeto de los derechos humanos, la libre determinación de los pueblos, la prohibición de la amenaza o el uso de la fuerza, entre otros.
Valorar la relevancia de los tratados como fuente primordial del derecho internacional.