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CAPITULO XIV AGENTES DE ADUANA - Coggle Diagram
CAPITULO XIV
AGENTES DE ADUANA
El artículo 256 del marco legal aborda la figura fundamental del "Agente de Aduana", esencial en la gestión aduanera de mercancías. Este profesional, ya sea persona natural o jurídica, cuenta con licencia que le habilita para representar a terceros en el despacho de mercancías, siendo reconocido como fedatario y auxiliar de la función pública aduanera.
La normativa detalla sus derechos, obligaciones y establece requisitos para la obtención de licencias. Además, se exploran los impedimentos, responsabilidades penales y procedimientos relacionados con la suspensión, cancelación y caducidad de dichas licencias, garantizando así el cumplimiento de las normativas vigentes en el ámbito aduanero.
Este conjunto normativo define el marco legal que regula la actividad de los Agentes de Aduana, contribuyendo a la transparencia, eficiencia y legalidad en el comercio internacional.
AGENTE DE ADUANA
Persona natural o jurídica con licencia.
Facultado para gestionar el despacho de mercancías por cuenta ajena.
Carácter de fedatario y auxiliar de la función pública.
DERECHOS DE AGENTE DE ADUANA
Conocer procedimientos y disposiciones legales.
Conocer estado de tramitación.
Formular quejas y sugerencias.
Gozar de protecciones y garantías.
Otros derechos según la Constitución y normativas.
OBLIGACIONES PRINCIPALES
Cumplir con el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.
Responsabilidad solidaria en obligación tributaria aduanera.
Llevar registro de despachos aduaneros.
Colaborar en investigaciones y acciones de control.
Presentar declaraciones aduaneras debidamente firmadas.
Cumplir con disposiciones de la Dirección General del Servicio Nacional de Aduana.
LICENCIA DE AGENTES DE ADUANA
Requisitos y procedimientos establecidos por la Dirección General.
Título profesional obligatorio.
Examen de suficiencia o certificación internacional.
IMPEDIMENTOS PARA HACER AGENTE DE ADUANA
Condena penal aduanera o tributaria.
Obligaciones en mora con la Autoridad Aduanera.
Declaración de insolvencia o quiebra.
Cargos públicos, excepto docencia universitaria.
Cancelación o revocación previa de licencia.
Relaciones familiares con funcionarios del Servicio Nacional de Aduana.
Ex - servidores públicos destituidos.
AUXULIAR DE AGENTE
Autorización según requisitos de la Dirección General.
Responsabilidad del Agente en caso de infracción.
CANCELACIÓN Y SUSPENSION DE LICENCIA
Cancelación voluntaria y procedimiento.
Suspensión voluntaria por enfermedad, cargo público o decisión voluntaria.
Procedimiento para suspensión o cancelación.
CADUCIDAD DE LICENCIA
Operación si no se renueva y expira la vigencia.
Proceso de renovación y consecuencias de la caducidad.
RESPONSABILIDAD PENAL DEL AGENTE
Independiente de responsabilidades administrativas.
Facultad de la Autoridad Aduanera para establecer responsabilidades administrativas.
ROL DEL ESTADO EN LA ADUANA
El artículo 256 establece la importancia del Agente de Aduana como figura clave en la gestión aduanera, actuando como representante en el despacho de mercancías y desempeñando un papel fundamental en la conformidad de las declaraciones aduaneras.
MANTENIMIENTOS Y GARANTIAS
Se destaca la obligación del Agente de Aduana de mantener vigente el monto total de la garantía durante y después del ejercicio de sus funciones. Además, se prevén medidas de control posterior, incluso después de la cancelación o suspensión de la licencia.
CONTRIBUCIÓN A LA LEGALIDAD
En conjunto, estas disposiciones legales contribuyen a la legalidad, transparencia y eficiencia en el comercio internacional al regular de manera precisa la actividad de los Agentes de Aduana en Ecuador.