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Legislación educativa - Coggle Diagram
Legislación educativa
Ley 47 de 1946, Orgánica de educación
disposiciones fundamentales
establecen los principios y directrices que rigen el sistema educativo
del país.
Organización Administrativa y Estructura Académica, Personal
establece la estructura administrativa del
sistema educativo panameño, que se compone de tres niveles: central, regional y local o
institucional.
Subsistema Regular
es una parte integral del sistema educativo panameño, tal como se
define en la Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación.
El Subsistema No Regular
es una parte esencial del sistema educativo panameño, tal como se define en la Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación.
Educación Particular, Cultura, Becas.
Educación Particular
Artículo 118: Este artículo establece que la educación particular es aquella que se imparte sin costo alguno para el Estado.
Artículo 119: El artículo 119 establece que la educación particular, impartida por entidades
privadas, cumple un papel importante en el desarrollo cultural, científico, tecnológico,
intelectual, cívico, moral y espiritual de la población.
cultura
Artículo 132: El artículo 132 establece que el Estado panameño tiene la responsabilidad de
preservar los elementos de la identidad nacional que nos diferencian como nación y nos
unen a la comunidad universal.
Artículo 134: El artículo 134 establece que el Ministerio de Educación promoverá y apoyará las investigaciones sociales y científicas a nivel nacional e internacional.
becas
El artículo 162 establece que el Órgano Ejecutivo concederá becas con el objetivo de promover el progreso intelectual y artístico.
Artículo 163: El artículo 163 establece que el Ministerio de Educación, en coordinación con
el Instituto para la Formación y aprovechamiento de los recursos humanos, garantizara el cumplimiento estricto de las disposiciones legales en la concesión de becas y asistencias economicas.