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Resciliación o mutuo disenso - Coggle Diagram
Resciliación o mutuo disenso
concepto
es aquel modo de extinguir en que son las partes en que de mutuo acuerdo dejan sin efecto una obligación
concepto legal
toda obligación puede extinguirse por una convención en que las partes interesadas,
siendo capaces de disponer
libremente de lo suyo, consienten en darla por nula
Críticas
1) el cc comete un error al decir que "las partes dan por nula una obligación", las partes NO PUEDEN declarar nula una obligación,
solo un juez puede anular una obligación
2) con la resciliación estamos anulando una obligación que es perfectamente valida,
para la nulidad necesitamos la existencia de un vicio
3) el cc nos dice además “toda obligación puede dejarse sin efecto por las partes”
esto no es sí, porque solo se refiere a las obligaciones contractuales
las obligaciones que tenga su origen en un delito o cuasidelito no pueden dejarse sin efecto por la sola voluntad de las parte
Naturaleza jurídica
es una convención en que las partes dejan sin efecto una obligación
preguntas
¿Qué pasa si el acto que se quiere dejar sin efecto es solemne?
La ley no lo señala, pero la jurisprudencia ha dicho que debe realizarse
con las mismas solemnidades con las que se celebró el acto
el derecho se deshacen las cosas de las misma maneras con las que se hacen
¿Qué capacidad deben tener las partes para dejar sin efecto una ob.?
plena capacidad de ejercicio
libre administración de los bienes
¿Qué pasa si las ob. que se quieren dejar sin efecto ya están cumplidas?
no es posible con la resciliación
solo se pueden extinguir obligaciones pendientes
, porque lo que se extingue con las resciliación son las obligaciones NO LOS CONTRATOS
Si una ob. está complida, YA ESTÁ EXTINTA,
si se quiere volver al estado anterior, tendrá que crearse un nuevo contrato
Efectos de las obligaciones
Efecto entre las partes
las partes pueden darle los efectos que quieran,
la resciliación es una manifestación del principio de la autonomía de la voluntad
y por lo tanto, si las partes quieren, pueden
darle efecto retroactivo a la ob
Efectos respecto de terceros
Noemí le compra un inmueble a Ignacio, para comprar el inmueble, Noemí lo ha hipotecado a un banco, es entonces en que los 2 deciden resciliar este contrato
Distinguir
1) Si los terceros adquieren los derechos sobre la cosa después de la resciliación
El banco aun no adquiere la hipoteca sobre el inmueble, porque aun no otorga el crédito hipotecario, en este caso los terceros deben respetar la resciliación
2) Si los terceros adquieren los derechos sobre la cosa ANTES DE LA RESCILIACIÓN
el banco adquiere la hipoteca sobre el inmueble, antes que Noemí e Ignacio dejaran sin efecto la compra venta, la resciliación le es inoponible al tercero, al banco la resciliación no le afecta, por tanto, la casa seguirá hipotecada