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CONVENCIÓN DE VIENA Y ECUADOR - Coggle Diagram
CONVENCIÓN DE VIENA Y ECUADOR
en 1969, se aprobó un instrumento multilateral que constituye un auténtico Código en materia de tratados.
la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados, la misma que desde su vigencia internacional es un valioso “vademécum” para quienes se interesan en esta importante materia.
Breve referencia a la Convención
fue suscrita en Viena (Austria) el 23 de mayo de 1969; consta de 85 artículos; y, entró en vigencia el 27 de enero de 1980.
Fue elaborada por una conferencia internacional reunida en la capital austriaca
por la Comisión de Derecho Internacional de la Organización de las Naciones Unidas.
Su objetivo fue
codificar las normas consuetudinarias de los tratados y, además, desarrollarlas progresivamente.
El artículo segundo de dicha Convención define al tratado como un
“acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular”
La Convención de 1969, no tiene efecto retroactivo
sólo se aplica a los tratados celebrados después de su entrada en vigor y no a los celebrados con anterioridad.
las normas de derecho internacional consuetudinario continúan rigiendo las cuestiones no reguladas en las disposiciones de la Convención.
Estructura de la Convención
Parte 4
Los artículos 39 al 41 tratan
La enmienda
Modificación de
los tratados.
Parte 5
Del 42 al 72 se hace referencia
Nulidad
Terminación
Suspensión de la aplicación de los
tratados.
Parte 3
Están los artículos 26 al 38
Aplicación
Interpretación
Observancia de los tratados
Los tratados y los
terceros Estados.
Parte 2
Se encuentran los artículos 6 al 25
celebración de los tratados; capacidad de los Estados para celebrar tratados
plenos poderes
confirmación ulterior de un acto ejecutado sin autorización
adopción del texto
autenticación del texto
consentimiento en obligarse por un tratado manifestado mediante la firma
Parte 6
En los artículos 73 al 75
se encuentran las “Disposiciones diversas”
Parte 1
Va de los artículos 1 al 5, los
cuales contienen
el alcance de la Convención
términos empleados
acuerdos internacionales no
comprendidos en la Convención
irretroactividad de la Convención
tratados constitutivos de organizaciones internacionales y tratados adoptados en el ámbito de una organización internacional.
Parte 7
Están los artículos 76 al 80
Los depositarios
Notificaciones
Correcciones
Registro de los
tratados.
Preámbulo
En él se encuentran interesantes
referencias:
La contribución de la codificación y el desarrollo progresivo del derecho de los tratados a la consecución de los propósitos y principios de la ONU
la vigencia de las normas de derecho consuetudinario, respecto de las cuestiones no previstas por la Convención.
La preeminencia de de los principios de derecho internacional, incorporados en la Carta de la ONU
La resolución de las controversias a través de medios pacíficos y la aplicación de los principios de la justicia y del derecho internacional
El reconocimiento universal de los principios del “libre consentimiento”, “buena fe” y de la norma “pacta sunt servanda”
La importancia de los tratados como fuente del derecho internacional
La “función fundamental” de los tratados en la interrelación de los sujetos del derecho internacional
Parte 8
En los artículos 81 al 85 se encuentran las “disposiciones finales”
la firma, ratificación, adhesión, entrada en vigor y textos auténticos de los tratados.
Disposiciones importantes
Ratificación
Procede, únicamente, después de la firma y por intermedio de “un instrumento solemne…
Adhesión
Es factible cuando se la contempla en el instrumento y es procedente para el Estado que no fue signatario original.
Capacidad y consentimiento
el compromiso se expresa a través de la firma del Primer Mandatario de la Nación o de su representante debidamente autorizado por intermedio de “plenos poderes”
Reservas
pueden realizarse en el momento de la firma, ratificación, aceptación o adhesión
Irretroactividad
La Convención rige los tratados suscritos después de la vigencia de la misma
Interpretación
Un tratado debe interpretarse, de buena fe, y de conformidad con los términos del mismo.
Alcance
Las disposiciones de
la Convención se aplican a los tratados entre Estados.
Enmienda y modificación
Se realizarán de común acuerdo entre las Partes.
Normas y principios relevantes.
“Res inter alios acta”.
Expresión del derecho romano utilizada en derecho internacional para significar que los acuerdos internacionales obligan solo a las partes contratantes
Buena fe
“al poner límites a la discrecionalidad de los Estados en el ejercicio de sus competencias soberanas…”
“Rebus sic stantibus”
Viene del latín y significa “estando así las cosas”
“Jus cogens”
Es una norma imperativa de derecho internacional, prevista en el artículo 53 de la Convención
“Pacta sunt Servanda”
“Etimológicamente significa los tratados
deben ser cumplidos”
Ecuador y la Convención.
Ratificación.
La Dirección General de Tratados procedió en conformidad con el dictamen de la Asesoría Jurídica
envió, a la Presidencia de la República, el proyecto de Decreto de Ratificación para la firma del Primer Mandatario.
Obligaciones y derechos del Ecuador según la Carta de la ONU y la Convención.
“… ante todo, mediante la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales u otros medios pacíficos de su elección”.
A que se reconozca y respete
la “ igualdad soberana”
Arreglar “las controversias internacionales por medios pacíficos”
A la no intervención en los “asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna”
Cumplir “de buena fe las obligaciones contraídas…”
Reconocer “la importancia de los tratados como fuente del derecho internacional”.
Practicar “la tolerancia y a
convivir en paz…”
Reconocer y aplicar los principios universalmente reconocidos: “libre consentimiento, buena fe y pacta sunt servanda”.
Respetar “las obligaciones emanadas de los tratados…”
Procurar el mantenimiento de “la justicia y el respeto a las obligaciones emanadas de los tratados”
Planteamientos.
Las delegaciones del Ecuador tuvieron siempre una activa participación
permitieron que importantes criterios ecuatorianos sean incorporados en el texto definitivo de la misma.