Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
EXENCIONES - Coggle Diagram
EXENCIONES
Para fines de la determinación y liquidación
del impuesto a la renta, están exonerados exclusivamente los siguientes ingresos
Los dividendos y utilidades, calculados después del pago del impuesto a la
renta
-
-
Que los activos inmuebles no sean transferidos y los derechos representativos de
capital de la sociedad
fondo y fideicomiso, o cualquier otro vehículo, en el ejercicio
impositivo que corresponda, tengan como mínimo cincuenta
Que distribuyan la totalidad de dividendos generados en el ejercicio fiscal a sus
accionistas, cuotahabientes
Los que perciban los beneficiarios del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, por
toda clase de prestaciones que otorga esta entidad
Los percibidos por los institutos de educación superior estatales, amparados por la Ley
de Educación Superior
Los provenientes de premios de loterías o sorteos auspiciados por la Junta de
Beneficencia de Guayaquil y por Fe y Alegría
-
-
Las
asignaciones o estipendios que, por concepto de becas para el financiamiento de estudios
Los obtenidos por los trabajadores
por concepto de bonificación de desahucio e indemnización por despido intempestivo
-
Bajo condición de reciprocidad, los de los estados extranjeros y organismos
internacionales, generados por los bienes que posean en el país
-
Los obtenidos por las instituciones del Estado y por las empresas públicas
reguladas por la Ley Orgánica de Empresas Públicas
-
-