Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
EL ESTADO DEL ARTE DE LA LEY 29783,
LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL…
EL ESTADO DEL ARTE DE LA LEY 29783,
LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
LEY Nº 29783
Promulgada el 26 de julio de 2011.
-
Consta de 103 artículos distribuidos en 7 títulos
-
-
-
-
-
-
Título VI: De la Fiscalización, Sanción y Procedimiento Administrativo Sancionador.
Ámbito de aplicación:
Aplicable a todos los sectores económicos y de servicios: Privado, Publico y por cuenta propia.
- Protección:
a) Que el trabajo se desarrolle en un ambiente seguro
y saludable.
b) Que las condiciones de trabajo sean compatibles
con el bienestar y la dignidad de los trabajadores y
ofrezcan posibilidades reales para el logro de los
objetivos personales de los trabajadores.
- Primacía de la Realidad: Los trabajadores, los jefes y los representantes sindicales brindan información completa y veraz sobre la materia.
- Consulta y Participación: El estado promueve mecanismos de consulta y participación para la adopción de las mejoras en materia de seguridad y salud en el trabajo.
- Atención Integral de la Salud: Los trabajadores que sufran algún accidente de trabajo o enfermedad ocupacional tienen derecho a las prestaciones de salud necesarias y suficientes hasta su recuperación y rehabilitación.
5.Gestión Integral: La prestación de salud hasta la recuperación y rehabilitación procurando reinserción laboral.
- Información y Capacitación: Organizaciones sindicales y trabajadores reciben información y capacitación preventiva del empleador.
- Cooperación: El Estado, los empleadores y los trabajadores.
- Responsabilidad: El empleador asume la responsabilidad.
- Prevención: El empleador garantiza salud y bienestar de trabajadores y de terceros.
Basado en 9 Principios:
Objeto de la ley:
Promover una cultura de prevención de riesgos
laborales en el país:
Empleadores: Prevención.
El Estado: Rol de fiscalización y control
Trabajadores y sindicatos: Promoción, difusión y
cumplimiento de la norma.
Normas Mínimas
La ley establece las normas mínimas para la prevención de los riesgos laborales.
Los empleadores y trabajadores pueden establecer libremente mayores niveles de protección.
Conformado por los siguientes representantes:
Salud Ocupacional y Protección para el Medio Ambiente para la Salud.
Ministerio de Trabajo y Promoción para el Empleo
MINSA
ESSALUD
Gremios de empleadores a propuestas de la CONFIEP