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DERECHO DE TERCERA GENERACION - Coggle Diagram
DERECHO DE TERCERA GENERACION
os derechos económicos, sociales y culturales (DESC) hablan de cuestiones tan básicas para la dignidad humana como la alimentación, la salud, la vivienda, el trabajo, la educación y el agua.
Que 800 millones de personas sufran malnutrición crónica o que más de 100 millones de menores no tengan acceso a la educación primaria no son desgraciadas realidades, sino un escándalo para los derechos humanos.
Todos los derechos humanos son indivisibles e interdependientes. Las violaciones de los DESC (por ejemplo, no proteger los derechos sobre las tierras de los pueblos indígenas, negar los derechos de educación a las minorías y prestar servicios de atención médica de manera no equitativa) a menudo están relacionadas con violaciones de los derechos civiles y políticos en forma de negaciones reiteradas.
mismo modo que para el pleno disfrute del derecho a la libertad de expresión es necesario concentrar esfuerzos en favor del derecho a la educación, para el disfrute del derecho a la vida es preciso tomar medidas encaminadas a la reducción de la mortalidad infantil, las epidemias y la malnutrición.
Con demasiada frecuencia, los tribunales, la policía, los organismos asistenciales, los servicios urbanos y el sistema educativo tratan a quienes viven en la pobreza con desprecio o indiferencia. Sus opiniones no se tienen en cuenta. Se reprimen sus esfuerzos por organizarse y no se les permite informarse de las cuestiones vitales para sus comunidades. Ya sea porque se les silencia deliberadamente o porque la indiferencia les hace enmudecer, el resultado es que no tienen voz.
-Prohibición de retroceso: El deber de cumplir progresivamente los derechos económicos, sociales y culturales implica la prohibición de medidas que disminuyan el disfrute actual de los derechos. Por ejemplo, los Estados deben garantizar que sus políticas y medidas no socavan el acceso a la asistencia sanitaria o a las prestaciones de la seguridad social.
Los derechos económicos, culturales y sociales de un individuo pueden ser violados por diversos medios. Las violaciones se producen cuando un Estado incumple sus obligaciones de respetar, proteger y cumplir estos derechos. Algunos ejemplos:
Desahuciar por la fuerza a las personas de sus hogares (derecho a una vivienda adecuada)
Contaminar el agua, por ejemplo, con desechos procedentes de instalaciones del Estado (derecho a la salud)
No garantizar un ingreso mínimo suficiente para vivir decentemente (derecho al trabajo)
No evitar el hambre en todas las zonas y comunidades del país (vivir libre del hambre)
Impedir el acceso a información y servicios relativos a la salud sexual y reproductiva (derecho a la salud)
Segregar sistemáticamente a los niños con discapacidad de las escuelas ordinarias (derecho a la educación)
Nos esforzamos por reforzar la promoción y protección de los derechos económicos, sociales y culturales dentro de un enfoque de indivisibilidad de todos los derechos humanos. Para ello:
Realización de investigaciones y análisis para desarrollar posiciones políticas y de defensa de los derechos económicos, sociales y culturales.
Proporcionar asesoramiento político y técnico y apoyo a la creación de capacidades en materia de derechos económicos, sociales y culturales a las presencias del ACNUDH sobre el terreno y a las partes interesadas a nivel nacional
Apoyar el trabajo de los mecanismos de derechos humanos de la ONU en materia de derechos económicos, sociales y culturales y participar en los procesos intergubernamentales relacionados con los derechos económicos, sociales y culturales; y
Reforzar las asociaciones con los organismos de la ONU, las ciudades y los gobiernos locales, las instituciones nacionales de derechos humanos y la sociedad civil para promover conjuntamente los derechos económicos, sociales y culturales.
Nos esforzamos por reforzar la promoción y protección de los derechos económicos, sociales y culturales dentro de un enfoque de indivisibilidad de todos los derechos humanos. Para ello:
Realización de investigaciones y análisis para desarrollar posiciones políticas y de defensa de los derechos económicos, sociales y culturales.
Proporcionar asesoramiento político y técnico y apoyo a la creación de capacidades en materia de derechos económicos, sociales y culturales a las presencias del ACNUDH sobre el terreno y a las partes interesadas a nivel nacional
Apoyar el trabajo de los mecanismos de derechos humanos de la ONU en materia de derechos económicos, sociales y culturales y participar en los procesos intergubernamentales relacionados con los derechos económicos, sociales y culturales; y
Reforzar las asociaciones con los organismos de la ONU, las ciudades y los gobiernos locales, las instituciones nacionales de derechos humanos y la sociedad civil para promover conjuntamente los derechos económicos, sociales y culturales.
Nos esforzamos por reforzar la promoción y protección de los derechos económicos, sociales y culturales dentro de un enfoque de indivisibilidad de todos los derechos humanos. Para ello:
Realización de investigaciones y análisis para desarrollar posiciones políticas y de defensa de los derechos económicos, sociales y culturales.
Proporcionar asesoramiento político y técnico y apoyo a la creación de capacidades en materia de derechos económicos, sociales y culturales a las presencias del ACNUDH sobre el terreno y a las partes interesadas a nivel nacional
Apoyar el trabajo de los mecanismos de derechos humanos de la ONU en materia de derechos económicos, sociales y culturales y participar en los procesos intergubernamentales relacionados con los derechos económicos, sociales y culturales; y
Reforzar las asociaciones con los organismos de la ONU, las ciudades y los gobiernos locales, las instituciones nacionales de derechos humanos y la sociedad civil para promover conjuntamente los derechos económicos, sociales y culturales.
econocimiento de los DESC no es un mero catálogo de buenas intenciones por parte de los Estados. Son derechos que se derivan de tratados internacionales de derechos humanos, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU (1966). En mayo de 2013 entró en vigor el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Este nuevo mecanismo da a las personas la facultad de pedir justicia a la ONU si su propio país no quiere escucharlas.
La jurisprudencia interna de muchos países y la tendencia a incluir estos derechos en las reformas constitucionales demuestran que estos derechos se pueden hacer cumplir mediante recursos legales. Sin embargo, queda mucho hasta lograr que estos derechos se equiparen a los civiles y políticos en lo que se refiere a su exigencia jurídica.
Derecho a la salud
Es el derecho al más alto nivel posible de salud física y mental, teniendo en cuenta la configuración genética del individuo y la elección de su estilo de vida, así como el grado de conocimiento científico y los recursos de que dispone el Estado. Consta de dos componentes básicos: condiciones de vida saludables y atención médica.
Prohibición de la discriminación: Esto abarca las leyes, políticas y prácticas que son discriminatorias en efecto, sin importar la intención. Respetar el principio de no discriminación requiere medidas específicas para garantizar la protección de los derechos de las poblaciones marginadas como prioridad. Incluso cuando los recursos son limitados, el Estado tiene el deber de adoptar medidas para proteger a los más vulnerables. Dichas medidas pueden incluir impuestos y transferencias sociales para mitigar las desigualdades que surgen o se exacerban en tiempos de crisis.
-Dar pasos hacia la plena realización de los DESC para todos.
Las decisiones de los tribunales nacionales de todo el mundo, así como los mecanismos regionales e internacionales que abarcan todos los derechos económicos, sociales y culturales, demuestran que estos derechos pueden ser objeto de aplicación judicial. El poder judicial tiene un papel fundamental en el desarrollo de nuestra comprensión de estos derechos, en la provisión de recursos en casos de violaciones y en la toma de decisiones en casos de prueba, todo lo cual puede conducir a un cambio institucional sistemático para prevenir futuras violaciones.