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TEMA 13 - Coggle Diagram
TEMA 13
EL SILENCIO
ADMINISTRATIVO
Clases
Positivo (estimatorio)
Negativo (desestimatorio)
Obligación de
resolver en plazo
Procedimientos iniciados de oficio: desde la fecha de acuerdo de inicio.
Procedimientos iniciados a solicitud del interesado: desde el día en que la solicitud ha entrado en el registro del órgano competente
Para saber el plazo de tiempo nos tenemos que fijar en lo que establezca la normativa sectorial aplicable. Estos plazos no pueden ser superiores a 6 meses.
A falta de previsión, en 3 meses
Posibilidades de alteración del plazo
En el mismo plazo tiene la obligación de resolver el procedimiento y de notificar la resolución expresa
La Administración está obligada a resolver, tiene que dictar resolución en todos los procedimientos.
Si no lo hace, entran en juego los mecanismos del silencio administrativo y de la perención (caducidad del expediente por incumplimiento del plazo)
Efectos del
incumplimiento
de la obligación de
resolver en plazo
El vencimiento del plazo provoca
automáticamente una situación
de silencio administrativo
De esta manera el interesado
está legitimado para entender
estimada o desestimada su solicitud
y actuar en consecuencia
Estimación por silencio
administrativo (positivo)
Desestimación por silencio
administrativo (negativo)
Determinación del
sentido del silencio
administrativo
En los procedimientos iniciados a
solicitud de persona interesada
Silencio negativo:
-en procedimientos en vía de petición
-en procedimientos en vía de impugnación
-en caso de posible transferencia de facultades
relativas al dominio público o al servicio público
-en caso de riesgos para el medio ambiente
Silencio positivo si la Administración
no resuelve en plazo
En los procedimientos iniciados de oficio
Silencio negativo cuando se trate de procedimientos de oficio susceptibles de generar efectos favorables para los interesados
Caducidad o perención cuando se trate de procedimientos de oficio susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen para los interesados
La eficacia del silencio
Acreditación
El silencio positivo podría ser acreditado por cualquier medio de prueba admitido en Derecho
El problema de las resoluciones tardías
Solo cabe dictar resolución tardía que haga constar la terminación del procedimiento por caducidad y decretar su archivo
EL ADMINISTRADO:
LOS DERECHOS DEL
INTERESADO
Las relaciones jurídico - administrativas se entablan entre una Administración Pública y otro sujeto al que se llama ADMINISTRADO
Exigencia de la participación de los
ciudadanos en los asuntos públicos.
Tipos de participación administrativa
Órganica
Cooperativa
Funcional (nos interesa esta)
Tipos de
administrados
Administrados simples
Ciudadanos en sentido estricto
Otras personas a las que se reconoce capacidad de obrar frente a la Administración
Administrados cualificados
Por inserción en las discutidas relaciones de sujeción especial
Por adquirir la condición de parte en un
concreto procedimiento administrativo
INTERESADO
Derechos y deberes
de los administrados
Deberes
Obligación de relacionarse con las AAPP por medios electrónicos
Derechos
Utilización de lenguas cooficiales
Acceso a archivos y registros
Exigir las responsabilidades oportunas (responsabilidades de tipo: patrimonial, disciplinaria y penal)
Comunicarse con las AAPP a través de un Punto de Acceso General electrónico
Ser asistidos en el uso de medios electrónicos
Obtener y utilizar los medios de identificación y firma electrónicos
LA REGULACIÓN DEL
PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO
El procedimiento administrativo
tiene un triple valor jurídico
Defender los derechos de los ciudadanos
El expediente administrativo es el soporte material que posibilita el control de la legalidad de las decisiones que adopta la Administración
Asegurar que las decisiones de las Administraciones satisfagan los intereses generales
El sentido último de las
reformas, confluyen dos
orientaciones principales:
"Simplificación de cargas"
Eliminación de trámites innecesarios
Supresión y reducción de la documentación
requerida a los administrados
Reducción de los plazos y tiempos de respuesta
Eliminación de enteros procedimientos
administrativos
"Electronificación"
Se apuesta por una Administración Pública, íntegramente electrónica, con cero papel e interconectada
Ámbito de aplicación
de la LPAC
Ámbito subjetivo
Se aplica a todo el "sector público" y al "sector público institucional"
Universidades públicas y Corporaciones de Derecho Público quedan sometidas "supletoriamente"
Ámbito objetivo
El procedimiento administrativo común se configura como un molde prácticamente único o uniforma, susceptible de muy pocas variaciones
La LPAC impone un cambio de modelo que acaba con las flexibilidad característica de la regulación del procedimiento administrativo común
ORDENACIÓN Y ESTRUCTURA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
ORDENACIÓN
Principio de celeridad
o economía procesal
Son reglas de economía procesal todas aquellas que a lo largo de la ley permiten superar obstáculos que impedirán el ágil desarrollo del procedimiento.
Al servicio de estos principios se admite incluso la "actuación administrativa automatizada"
Principio de impulsión de oficio
Es la Administración Publica quien carga con la responsabilidad de sacar adelante el procedimiento administrativo y de hacerlo en los plazos establecidos al efecto
ESTRUCTURA
INSTRUCCIÓN DEL
PROCEDIMIENTO
La finalidad de la fase de instrucción consiste en la aportación al expediente de los datos fácticos y jurídicos que deban servir de base a la resolución
Esta fase es tarea de la propia Administración, pero también colaborar con ellas los administrados
La fase de instrucción culmina con la propuesta de resolución que el instructor del expediente eleva al órgano competente para resolver
FINALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Terminación normal del procedimiento administrativo
Terminación anormal del procedimeinto adminsitrativo
La terminación del procedimiento debe formalizarse mediante una resolución. La resolución es la declaración unilateral de la Administración que pone fin a un procedimiento administrativo
De su regulación cabe destacar la obligatoriedad de resolver sobre el fondo, el requisito de la congruencia y la prohibición de la "reformatio in peius"
INICIACIÓN DEL
PROCEDIMIENTO
Iniciación de oficio
Iniciativa propia del órgano competente
Iniciación por solicitud
Se diferencian
dos tipos de solicitudes
Denuncias
Peticiones graciables
La solicitud puede
ser de parte de
Solicitud de la propia Administración
Solicitud del interesado
La solicitud es un escrito presentado por persona interesada al que se reconoce la virtualidad de iniciar un procedimiento administrativo concreto.
La solicitud ha de reunir ciertos
requisitos formales.
Pueden ser solicitudes
individuales o colectivas.
La falta de los requisitos no conlleva necesariamente la inadmisión de la solicitud. Lo que procede en tal caso es la subsanación
Estos requisitos se establecen con flexibilidad para facilitar las cosas a los interesados