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OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS MORALES - Coggle Diagram
OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS MORALES
I.
Llevar la contabilidad y realizar los registros correspondientes
II.
Emitir comprobantes fiscales por sus actividades
III.
Emitir comprobantes fiscales por fuentes de riqueza provenientes del país o del extranjero, con sus respectivas retenciones
IV
. Formular el estado de posición financiera y levantar inventarios
V
. Presentar la declaración anual
VI.
Presentar a más tardar el 15 de febrero una declaración de préstamos recibidos en el extranjero en caso de aplicar
VII
. Presentar declaraciones a través de medios electrónicos
VIII
. Los registros de las operaciones realizadas deberán ser en serie
IX
. Obtener y conservar la documentación comprobatoria cuando sean operaciones con partes relacionadas
X.
Presentar la declaración de operaciones con partes relacionadas a más tardar el 15 de mayo del año inmediato
XI.
Las personas morales que realicen pagos por dividendos o utilidades deberán hacerlo a nombre del accionista y emitiendo un CFDI con sus respectivas retenciones
XII.
Las PM que realicen operaciones con partes relacionadas deberán determinar sus ingresos acumulables y deducciones autorizadas de acuerdo a sus montos y precios
XIII
. Presentar a más tardar el 15 de febrero la declaración del ejercicio de las operaciones a través de fideicomisos para actividades empresariales
XIV.
Llevar control de inventarios por el método de inventarios perpetuos
XV.
Informar por medios electrónicos a más tardar el 17 del mes inmediato de las contraprestaciones recibidas en efectivo u oro o plata mayores a $100,000
XVI.
Informar a la autoridad sobre préstamos o futuros aumentos de capital mayores a $600,000 recibidos en efectivo
XVII.
Los residentes en el país con establecimiento en el extranjero deberán llevar la contabilidad y registros de este de acuerdo a la Ley y reglamento, a su vez estos deberán conservarse al igual que los comprobantes
XVIII
. Las PM que distribuyan anticipos o rendimientos deberán emitir su comprobante fiscal
XIX
. Contribuyentes obligados o dictaminados deberán dar un reporte del cumplimiento de sus obligaciones fiscales en la asamblea general ordinaria de accionistas
XX.
Informar por medios electrónicos sobre la enajenación de acciones o títulos valor que representen la propiedad de bienes efectuada entre residentes en el extranjero sin establecimiento permanente