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Diagrama final - Coggle Diagram
Diagrama final
Propiedad
Tipos
Pública
Son aquellos bienes muebles e inmuebles que están sujetos a un régimen de derecho público, están fuera del comercio, son inalienables, imprescriptibles e inembargables.
Ejemplos
Parques públicos, las vías públicas, los bienes del Estado y las empresas públicas
Privada
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La propiedad es un derecho inviolable y sagrado, nadie puede ser privado de ella sino cuando la necesidad pública, legalmente constatada, lo exija evidentemente y bajo la condición de una justa y previa indemnización
Ejemplos
Bienes inmobiliarios, el dinero en las cuentas bancarias, los terrenos urbanos y los vehículos particulares.
Social
Es la acción mediante la cual se expropian terrenos de un núcleo ejidal o comunal por causa de utilidad pública que con toda evidencia, sea superior a la utilidad social de la propiedad ejidal o comunal.
Derecho que tiene la sociedad de poseer medios y factores de producción o entidades con posibilidades de convertirse en tales, esenciales para el desarrollo de un vida plena o la producción de obras, bienes o servicios, que por condición y naturaleza propia son del dominio del Estado.
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Definición
Es el derecho que tiene toda persona de usar, gozar, disfrutar y disponer sus bienes de acuerdo a la ley
Dichos bienes serán protegidos por el estado por lo que nadie podrá ser privado ni molestado en sus bienes sino en virtud de un juicio que cumpla con las formalidades esenciales del procedimiento
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Bienes
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Clasificación
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Por su uso
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No consumibles
Son aquellos que, si bien se consumen, tienen un uso prolongado, pues no lo hacen desde el primer uso
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Obligaciones
Vínculo jurídico que nos constriñe en la necesidad de pagar alguna cosa conforme a las leyes de nuestra ciudad
Tipos
Obligaciones de dar
Son aquellas en que el objeto de la obligación consiste en transferir el dominio de una cosa, constituir un derecho real o en ella o simplemente entregar su mera tenencia
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obligaciones de no hacer
Obligación de no hacer es en derecho, aquella obligación jurídica en que el deudor debe abstenerse de efectuar un hecho
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Obligaciones principales
Son aquellas que tienen el mismo rango en la relación jurídica, y existen por sí y tienen fin propio
Obligaciones accesorias
Las obligaciones son accesorias respecto del objeto de ellas, cuando son contraídas para asegurar el cumplimiento de una obligación principal
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