Las obligaciones se clasifican en
Reales: Son responsabilidades o limitaciones
que la ley impone a los que tienen o
poseen algo, por el mero hecho de tenerlo,
y que pueden librarse de ellas si dejan de
tenerlo, pero sin dejar de deber lo que
deben.
Personales: Derecho que tiene una persona
llamada sujeto activo o acreedor, de
demandar a otra persona específica,
llamada sujeto pasivo o deudor,
determinada acción que consiste en hacer o
dejar de hacer algo.
Naturales: Aquellas obligaciones que no
otorgan al acreedor poder para reclamar su
cumplimiento; pero que si el obligado las
cumple voluntariamente, el acreedor puede
conservar lo que ha recibido como pago.