a) Las garantías serán expresadas en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica;b) Las garantías serán incondicionales, irrevocables y de cobro inmediatoc) Para todos los casos, la Administración Aduanera contará con sesenta días hábiles adicionales, desde el vencimiento de la garantía, para iniciar la acción de cobrod) En caso de que una garantía general sea ejecutada parcialmente, el operador autorizado, deberá restituir el valor ejecutado, de manera que el valor afianzado total se mantenga durante todo el periodo autorización;e) Las garantías bancarías y pólizas de seguros siempre deberán registrar la firma del asegurado;f) Sin perjuicio de las acciones administrativas a que hubiere lugar por la falta de renovación y/o vigencia de la garantía general, se procederá con la suspensión inmediata del código de operación,g) En el caso de las garantías presentadas por las misiones diplomáticas, oficinas consulares, instituciones del sector público deberá cumplir con las siguientes formalidades: - Carta en original
- Firma y sello del representante legal o quien ostente la representación en el país.
- Plazo de acuerdo al código y su reglamento.
- Detalle del régimen al que se someterán las mercancías garantizadas y su descripción, con la identificación del documento de transporte y del refrendo de la declaración aduanera.
- Copia certificada o notariada del documento que acredite la calidad de la persona que suscribe la carta;
h) Para los casos de autorizaciones de regímenes o autorizaciones de operadores en los cuales se pueda autorizar un plazo superior a un año, el usuario deberá presentar una garantía por todo el periodo, o en su defecto renovaciones anuales,