la verificación de la identidad o integridad del envío (en la NIMF n.º 23 Directrices para la inspección se brindan detalles adicionales), el documento fitosanitario de movilización (por ejemplo, permiso de tránsito), los certificados fitosanitarios (con requisitos para el tránsito), los puntos de ingreso y salida designados, la verificación de la salida del envío, la forma de transporte y las rutas de tránsito designadas, la reglamentación de los cambios en la configuración (por ejemplo, combinado, dividido, reembalado), el uso de equipo o instalaciones prescritos por la ONPF, las instalaciones aduaneras reconocidas por la ONPF, los tratamientos fitosanitarios (por ejemplo, tratamiento de preenvío, tratamientos cuando la integridad del envío sea dudosa), la rastreabilidad del envío durante el tránsito, las condiciones físicas (por ejemplo, refrigeración, embalaje a prueba de plagas y/o medios de transporte que eviten derrames), el uso de sellos o precintos específicos de la ONPF para los medios de transporte o envíos, el plan específico de manejo de emergencias del transportista, el tiempo del tránsito o limitaciones de la temporada, la documentación además de la que exige aduanas, la inspección del envío por parte de la ONPF, el embalaje y la eliminación de desechos.