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Visión histórica-legislativa de la Protección Civil 1992-2002
1992- Norma Básica de Protección Civil
Durante
la emergencia
Intervención
Después
de la emergencia
Rehabilitación
Antes
de la emergencia
Planificación
Prevención
Previsión
1993
- Se aprueba la
Directriz Básica de Planificación de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales
Aprobaba el Plan básico de Lucha contra IIFF (INFO 82)
Para desarrollar estos Planes
se aprueba la Directriz Básica en 1993 que establecía los requisitos minimos
Los
elementos básicos de la Planificación
La
estructura general
de planificación
El
contenido minimo
de los planes
Fundamentos
(objeto y marco legal)
El objeto
de la Directiz Básica era
establecer los criterios mínimos
que habían de seguir las distintas Administraciones
para confeccionar los Planes a partir de:
1. Determinar las acciones de planificación
Definición de la
estructura general
Planes
Especial de CCAA
Planes de
actuación de Ambito Local
Plan Especial Estatal de Protección Civil
Planes de
Autoprotección
Estudio de los Elementos Básicos
Análisis del riesgo, vulnerabilidad, zonficacion del territorio
Clasificación de los IIFF según el nivel de gravedad
Epocas de peligro
Actuaciones básicas a considerar
2. Establecer el contenido mínimo de los planes
Objeto y ámbito. Información territorial. Análisis del riesgo y zonificación del territorio y épocas de peligro. Nivel de gravedad potencial de los incendios forestales. Estructura y organización del Plan. Operatividad. Mantenimiento del plan. Catalogo de medios y recursos. Aprobación y homologación (9)
1994
- Acuerdo del Consejo de Ministros sobre los criterios de
asignación de medios y recursos de titularidad estatal a los Planes Territoriales de Protección Civil
La Norma Básica de Protección Civil del 1992
, disponía que los
planes territoriales
ya sean de
CCAA o de ámbito local
habrán de
establecer la organización de los servicios y recursos.
Este acuerdo, establecía procedimientos para la asignación de medios y recursos de titularidad estatal a los planes territoriales.
2.
Finalidad
de la asignación:
Completar la capacidad operativa
siempre que resulten necesarios.
Las
funciones
a desempeñar corresponderán en todo caso a la
especialización funcional que tengan atribuidas
.
Son
susceptibles de asignación
a un determinado plan territorial de protección civil los
medios y recursos de la Administración General del Estado.
Excluidos: las unidades militares y los recursos y medios de las Fuerzas Armadas.
¿Quien efectua la
movilización?
Delegado del Gobierno
cuando se trate de
plan Territorial de la Comunidad autónoma
Gobernador civil de la provincia o Subdelegado del gobierno
cuando se trate de un
plan territorial de ámbito local
1995-
Se aprueba la
Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones
Hasta la fecha
no existía normativa a seguir para la elaboración de los Planes Frente al Riesgo de Inundaciones.
Un concepto nuevo a considerar,
los análisis de riesgo y la zonificación territorial
que se incorporen a los Planes,
serán tenidos en cuenta por los órganos competentes en el proceso de planificación del territorio y de los usos del suelo.
El objeto
de esta Directriz Básica era e
stablecer los criterios mínimos
que habrán de seguir las Diferentes Administraciones Públicas para confeccionar dichos planes
Determinar las a
cciones de Planificación
Establecer el
contenido minimo de los planes.
1995
- Ley de organización de
Servicios de Emergencia de la Generalitat Valenciana.
Derogada por la ley 9/2002 del 12 de diciembre de PC y Gestión de Emergencias de la GV
La aplicación de la ley descansaba sobre
dos elementos fundamentales:
La creación del
Servicio de Emergencias de la Generalitat Valenciana
Establecía
Su
organización, Funcionamiento, y Régimen Local
La creación del
Servicio de Bomberos de la Generalitat Valenciana
1995
- Se aprueba la
Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante Riesgo sísmico
Hasta la fecha,
no existía normativa a seguir para la elaboración de Planes frente al Riesgo Sismico.
Las
Administraciones Públicas
, elaborarán un
programa de educación y concienciación ciudadana sobre el fenómeno sísmico
PREVER=PLANIFICACIÓN
Los análisis de peligrosidad del riesgo, serán tenidos en cuenta por los órganos competentes en el proceso de planificación del territorio y de los usos del suelo.
ORDENACIÓN DEL TERRITORIO NORMAS DE EDIFICACIÓN SISMORRESISTENTE
1995- Ley de Prevención de Riesgos Laborales
Su
objeto
es promover la
seguridad y la salud de los trabajadores
mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de as actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo.
Se establecen ciertas obligaciones a las empresas en materia de protección civil o autoprotección
ART. 20: Medidas de emergencias.
El
empresario en base al tamaño y la actividad
de la empresa deberá:
Organizar las relaciones con servicios externos a la empresa, ademas de otras acciones.
PLAN DE EMERGENCIA
1996-
Se aprueba la
Directriz Basica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Accidentes en el Transporte de Mercancías Peligrosas Por Carretera y Ferrocarril
1981
- Plan de Actuación para caso de accidente en el transporte de mercancías peligrosas por
carretera
1984
- Plan de Actuación para caso de accidente en el transporte de mercancías peligrosas por
ferrocarril
Objetivo
: Establecer los
criterios mínimos
que habían de seguir las diferentes Administraciones
para confeccionar el plan
Determinar las acciones de Planificación
Definición de la estructura general
Estudio de los elementos básicos
Establecer el contenido minimo de los planes
1997
- Se regula el acceso, mediante redes de telecomunicaciones al servicio de atención de l
lamadas de urgencia a través del numero telefónico 112
El Consejo de Comunidades Europeas
toma la decisión para todos los miembros: La
obligación de introducir el 112 como único numero telefónico de llamada de urgencia europeo
Su
misión
era
permitir a los ciudadanos acceder con mayor facilidad, mediante el servicio telefónico, a los servicios de urgencia tan solo con la utilización de un único numero telefónico para toda la Union Europea
Atribuye a las Comunidades Autónomas a la prestación de este servicio.
Para ello deberán
Garantizar la respuesta y atención apropiadas
Asegurar una actuación rápida, ordenada y eficaz de los servicios públicos en el ámbito que a cada uno le corresponda.
Establecer los correspondientes centros de recepción de llamadas de urgencia
1999
- Se aprueban
Medidas de Control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
Complementa a la
Directriz Básica para la elaboración y homologación de los Planes Especiales del Sector Quimico
Se entendería por presencia de sustancias peligrosas
: Su
presencia real o prevista
en el establecimiento o la aparición de las mismas que pudieran generarse como consecuencias de la perdida de control de un proceso industrial químico,
en cantidades iguales o superiores a los umbrales establecidos
El Objeto
de estas medidas
es
:
La prevención de accidentes
graves en los que intervengan sustancias peligrosas
La
limitación de sus consecuencias
La
protección
de personas los bienes y el medio ambiente
ART. 11 Planes de emergencia
1
. El
industrial
debería
elaborar
un Plan de Autoprotección denominado Plan de Emergencia Interior. (PEI)
Se ajustará a lo especificado en la
Directriz Basico para la elaboración y homologación de los Planes Especiales del Sector Químico y será de previa consulta al personal del establecimiento (PRL)
.
El industrial proporcionará, a los organos competentes la información y apoyo necesario para qiue éstos puedan elaborar PLANES DE EMERGENCIA EXTERIOR
2
. Los
organos competentes de las Comunidades Autónomas
elaborarán en colaboración con los Industriales un
Plan de Emergencias Exterior (PEE)
para
prevenir y mitigar
las consecuencias de los posibles accidentes
2002- Ley de Protección Civil y Gestión de Emergencias de la Generalitat Valenciana (Ley 9/2002, 12 diciembre)
OBJETO: Regular las acciones de protección civil y gestión de emergencias en el ámbito de la CV
ACTUACIÓN= Acciones destinadas a la protección de personas y medio ambiente tanto en situaciones de grave riesgo desastre o calamidad publica como en accidentes graves y otras análogas.
La anterior Ley (95) se fundamentó en consolidar
La creación del servicio de Emergencias
La creación del servicio de Bomberos de la GVA
La actuación en materia de protección civil y gestión de emergencias se articula y desarrolla en los PLANES DE PROTECCIÓN CIVIL
Se reconocían dos aspectos fundamentales respecto a la anterior Ley 2/1995 de Organización del Servicio de urgencias de la GVA
No estaba desarrollada completamente
Era insuficiente para organizar de forma eficaz a todos los servicios de emergencia.