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TEMA 19 E AAU - Coggle Diagram
TEMA 19 E AAU
- Solicitud y Documentación
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Si no se presenta vía telemática, se presentará una copia en formato papel y cinco en formato digital
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- Inicio de la Actividad y Caducidad
La AAU podrá incorporar la exigencia de comprobación previa a la puesta en marcha que podrá ser realizada directamente por la Consejería
Si no se obliga a una comprobación previa, con una certificación del técnico director, indicando que lo ejecutado corresponde con lo proyectado y que cumple con la AAU, se pordrá iniciar actividad
PLAZOS
Ley 7/2007 GICA
Se perderá la vigencia y cesará en la producción si, una vez publicada, no se hubiera comenzado la ejecución del proyecto en el plazo de 4 años y deberá solicitar una nueva AAU, salvo que, se acuerde prorroga de la vigencia que se tiene que solicitar 3 meses de antelación y por no más de 2 años
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Modificaciones de Oficio
Cuando el organo ambiental competente tenga conocimiento de alguna causa de modificación según art.34.1 GICA, comunicará inmediatamente a la persona titular una memoria explicativa de las circunstancias y propuesta comprensiva y tendra 30 días para alegaciones y aporte de documentación
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El promotor comunicará al órgano ambiental el cese definitivo con anteleción min 3 meses y dictará resolución en max 2 meses y silencio ESTIMATORIO