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T.3 (30) LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA. TÍTULO IX. Del Tribunal Constitucional…
T.3 (30) LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA. TÍTULO IX. Del Tribunal Constitucional (art. 159 - 165 )
Art. 159 El Tribunal Constitucional
12 miembros nombrados por Rey
4 Congreso mayoría 3/5
4 Senado mayoría 3/5
2 Gobierno
2 CGPJ
Miembros TC entre (+15 años ejercicio profesional)
Magistrados
Fiscales
Profesores Universidad
Funcionarios públicos
Abogados
Miembros TC
Designados por 9 años
Se renovarán por terceras partes cada tres
Condición miembro TC
Incompatible
Todo mandato representativo
Cargo político o administrativo
Directivo o empleado partido o sindicato
Ejercicio carreras Juez y Fscal
Actividad profesional o empresarial
DP, Diputado, Senador
Demás supuestos = incompatibilidades miembros poder judicial
Miembros TC
Independientes
Inamovibles
Art. 160 Presidente TC
Nombrado entre sus miembros por el Rey
A propuesta del mismo Tribunal en pleno
Por período 3 años
Art. 161 Competencia TC
Territorial
Jurisdicción en todo territorio español
Material (para conocer)
a) Recurso inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley
b) Recurso amparo por violación derechos y libertades art. 53.2
c) Conflictos de competencia entre Estado y CCAA o CCAA entre sí
d) Demás materias atribuya CE o LO
Gobierno podrá impugnar ante TC
Disposiciones y resoluciones adoptadas por órganos CCAA
Producirá suspensión de resolución recurrida
Tribunal debe ratificarla o levantarla
Plazo no superior 5 meses
Art. 162 Legitimación
Para recurso inconstitucionalidad (a)
Presidente Gobierno
Defensor Pueblo
50 Diputados
50 Senadores
Órganos colegiados ejecutivos CCAA o Asambleas
Para recurso amparo (b)
Toda persona natural o jurídica que invoque interés legítimo
Defensor Pueblo
Ministerio Fiscal
En demás casos (c,d)
LO determinará personas y órganos legitimados
Art. 163 Cuestión de Inconstitucional
1º Cuando órgano judicial considere
Que una norma con rango de ley
Aplicable al caso
Cuya validez dependa el fallo
Puede ser contraria CE
2º Planteará cuestión ante TC
Supuestos, forma y efectos = nunca suspensivos
Art. 164 Sentencias TC
Se publicarán en BOE
Tienen valor de cosa juzgada a partir día siguiente publicación
No cabe recurso alguno contra ellas
Salvo en fallo se disponga otra cosa
Subsistirá vigencia ley en parte no afectada por inconstitucionalidad
Art. 165 LO 2/1979 TC
LO regulará funcionamiento TC