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T.3 (22) LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA. TÍTULO IV. Del Gobierno y de la…
T.3 (22) LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA. TÍTULO IV. Del Gobierno y de la Administración (art. 100 - 107)
Art. 100 Nombramiento Ministros
Nombrados y separados = Rey
A propuesta Presidente
Art. 101 Cese Gobierno
Cesa tras
Celebración elecciones generales
Pérdida confianza parlamentaria
Dimisión o fallecimiento
Gobierno cesante = continuar funciones hasta TOMA POSESIÓN nuevo
Art. 102 Responsabilidad miembros Gobierno
Responsabilidad criminal Presidente y miembros Gobierno
Exigible ante Sala Penal TS (2)
Si acusación = por traición o delito contra seguridad Estado
SOLO por iniciativa 1/4 parte miembros C
Aprobación mayoría absoluta C
Prerrogativa gracia = NO aplicable supuestos art. 102
Art. 103 Administración Pública
Sirve con objetividad intereses generales
Actúa acuerdo principios
Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación
Sometimiento pleno a la ley y al Derecho
Ley regulará
Estatuto funcionarios públicos
Acceso a la función pública
Peculiaridades ejercicio derecho sindicación
Sistema incompatibilidades
Garantías para imparcialidad en ejercicio funciones
Art. 104 Fuerzas y Cuerpos Seguridad Estado
Bajo dependencia Gobierno
Misión
Proteger libre ejercicio derechos y libertades
Garantizar la seguridad ciudadana
LO determinará funciones, principios básicos actuación y estatutos FCS
Art. 105 Participación ciudadanos
Ley regulará
Audiencia ciudadanos directamente o a través organizaciones y asociaciones
Acceso ciudadanos a archivos y registros administrativos
SALVO
Seguridad y defensa Estado
Averiguación delitos
Intimidad personas
Procedimiento actos administrativos
Garantizando CUANDO PROCEDA la audiencia interesado
Art. 106 Control judicial administración
1.Tribunales controlan
Potestad reglamentaria
Legalidad actuación administrativa
Sometimiento ésta a fines que la justifican
Particulares derecho indemnizados TODA lesión sufran cualquiera bienes y derechos
SALVO casos fuerza mayor
NECESARIO = lesión sea consecuencia funcionamiento servicios públicos
Art. 107 Consejo de Estado
Supremo órgano consultivo Gobierno
LO regulará composición y competencia