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El Estado para EL DESARROLLO PRODUCTIVO,
MECANISMOS Y ÓRGANOS DE…
El Estado para EL DESARROLLO PRODUCTIVO,
MECANISMOS Y ÓRGANOS DE COMPETENCIA + INVERSION como parámetros
fundamentales para ir construyendo el preámbulo de la existencia de los acuerdos
comerciales del Ecuador al mundo
Promover el desarrollo productivo del país mediante un enfoque de competitividad
sistémica, con una visión integral que incluya el desarrollo territorial
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Promover las actividades de la economía popular, solidaria y comunitaria, así
como la inserción y promoción de su oferta productiva estratégicamente en el mundo
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Art. 5.- Rol del Estado.- El Estado fomentará el desarrollo productivo y la
transformación de la matriz productiva, mediante la determinación de políticas y la
definición e implementación de instrumentos e incentivos.
El Estado establecerá como objetivo nacional el alcance de una productividad adecuada de todos los actores de la economía, empresas, empredimientos, gestores de economía popular y solidaria.
La implementación de una política comercial al servicio del desarrollo de todos los actores productivos del país, en particular, de los actores de la economía popular y solidaria.
La producción sostenible a través de la implementación de tecnologías y prácticas de producción limpia; y la territorialización de las políticas públicas productivas
Potenciar la sustitución estratégica de importaciones; fomentar y diversificar las exportaciones; facilitar las operaciones de comercio exterior.
A r t . 7.- Participación Intersectorial La
participación intersectorial en el desarrollo de estas políticas, se garantiza a través del Consejo Consultivo de Desarrollo Productivo y Comercio Exterior.
Art. 6.- Del Consejo Sectorial.- Corresponde a la Función Ejecutiva la definición de las políticas de desarrollo productivo y el fomento de las inversiones a través del Consejo Sectorial de la Producción.
Art. 8.- Salario Digno.- El salario digno mensual es el que cubra al menos las necesidades básicas de la persona trabajadora así como las de su familia, corresponde al costo de la canasta básica familiar dividido para el número de perceptores del hogar.
Art. 9.- Componentes del Salario Digno.- Única y exclusivamente para fines de cálculo, se sumarán los siguientes componentes:
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Las comisiones variables que pague el empleador a los trabajadores que obedezcan a prácticas mercantiles legítimas y usuales.
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Art. 10.- Compensación económica para el Salario Digno. será obligatoria para aquellos empleadores que:
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En el ejercicio fiscal, hayan pagado un anticipo al impuesto a la Renta inferior
a la utilidad.
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