Coordinación entre jurisdicción indígena y nacional - La Ley N.º 073 de Deslinde Jurisdiccional, de 29 de diciembre de 2010, tiene como objeto “regular los ámbitos de vigencia, dispuestos en la Constitución Política del Estado, entre la jurisdicción indígena originaria campesina y las otras jurisdicciones reconocidas constitucionalmente; y determinar los mecanismos de coordinación y cooperación entre estas jurisdicciones, en el marco del pluralismo jurídico.” Permitiendo de esta manera la independencia de la Jurisdicción, alejándose de un sistema asimila torio al sistema monista ordinario, dicha Ley es aplicable en todos los pueblos indígena originario campesino del Estado Plurinacional de Bolivia.