Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
Capitulo 7 parte 1.3 Fideicomisos - Coggle Diagram
Capitulo 7 parte 1.3 Fideicomisos
Definicion: Figura legal que permite crear un patrimonio de afectación independiente donde pueden transferirse todo tipo de bienes registrables:(alguien cede un activo (Fiduciante), alguien independiente lo resguarda (Fiduciario), y están quienes invierten en él (Beneficiarios).)
Fiduciante :warning:
• Fiduciante o Fideicomitente(el que crea el fideicomiso): es quien se obliga a trasmitir la titularidad de los activos o derechos fideicomitidos a un tercero (el Fiduciario) para cumplir el contrato fiduciario.
• Puede ser una persona física o jurídica (acto de fe).
• El Fiduciante es quien inicia el Fideicomiso y determina la estructura:
• Designa, establece las facultades y límites del Fiduciario
• Puede exigir rendición de cuentas
• Por lo general es quien remunera al Fiduciario y otros gastos
iniciales.
Fiduciario
• Fiduciario:(el q administra el fideicomiso) es quien recibe del Fiduciante los activos o derechos en propiedad fiduciaria, y ejerce en beneficio de un tercero (el Beneficiario) designado en el contrato
• Requisitos, funciones y obligaciones principales
• Buen Hombre de Negocios.
• Persona física o jurídica
• Administrar el activo fideicomitido del marco del contrato establecido.
• Dispone del activo fideicomitido hasta finalizar el contrato
• Es el titular legal pero no real del bien; tiene un dominio imperfecto al ser el titular legal del activo pero no puede disponer de él libremente.
• Los bienes propios del Fiduciario no responden por las obligaciones del Fideicomiso, salvo dolo o negligencia en su administración, siendo en estos casos solidariamente responsable
• Rinde cuenta por su gestión, lleva una contabilidad separada, etc
• Técnicamente son patrimonios separados
Beneficiario y Fideicomisario
• Beneficiario: es la persona física o jurídica especificada en el contrato a favor de quien se ejerce el Fideicomiso. Por lo general es el inversor que aporta el dinero al Fideicomiso o al Fiduciante.
• Fideicomisario: es el destinatario final de los bienes
fideicomitidos. Una vez cumplidas las obligaciones del fideicomiso, los activos remanentes deben entregarse al Fideicomisario, que generalmente es el mismo Fiduciante (aunque también puede ser Beneficarios o terceros).
Es el fiduciante al final, cuando retira ganancias, tambien puedn ser inversores o los herederos en caso de fideicomiso testamentario
Estructura Basica
Ejemplo
Ej. Electrics S.A. vende electrodomésticos en cuotas con tarjetas de crédito.
• Contrata un Fiduciario para la constitución de un Fideicomiso
• En calidad de Fiduciante cede al Fideicomiso los cupones a plazo de la tarjeta por productos vendidos.
• El Fideicomiso vende ese flujo a Inversores, que a cambio de una tasa de descuento, adelantan parte del flujo esperado.
Compatibilidades e Incompatibilidades :warning:
Compatibilidades
• El Fiduciante podrá ser Beneficiario y/o Fideicomisario
• El Beneficiario podrá ser también Fideicomisario.
Incompatibilidades
•
El Fiduciario no puede ser único Beneficiario ni Fiduciante/ Fideicomisario
• El Fiduciario no puede adquirir para sí los bienes fideicomitidos
• El/los fiduciario/s y el/los fiduciante/s resulte/n ser tenedor/es de valores negociables fiduciarios no podrán votar (conflicto de intereses).
•
El fiduciario y el fiduciante no podrán tener accionistas comunes que posean en conjunto el DIEZ POR CIENTO (10%) o más del capital; • a) Del fiduciario o del fiduciante o • b) De las entidades controlantes del fiduciario o del fiduciante.
• El fiduciario tampoco podrá ser sociedad vinculada al fiduciante o a accionistas que posean más del DIEZ POR CIENTO (10%) del capital del fiduciante.
Clasificacion
Fideicomisos Ordinarios
• Fideicomiso privado – negociación directa entre partes.
• Sub-clasificación:
• Fideicomisos de Administración
• Fideicomisos de Garantía
• Fideicomisos testamentarios
Fideicomisos Financieros :warning:
• Fideicomiso con Oferta Pública, ya q el fideicomiso se comercializa en el mercado, pasa a ser un instrumento de deuda para quien lo emite q en este caso es el fiduciante
Características principales
El Fiduciario es una entidad financiera o sociedad inscripta en el Registro de Fiduciarios Financieros de la Comisión Nacional de Valores (CNV) para desempeñar tales funciones
El Fiduciario es quien emite (en representación del Fideicomiso) Valores de Deuda Fiduciaria/CP a favor de los Beneficiarios, con cotización en mercados.
Participantes y Requisitos complementarios:
• Organizador/Estructurador: Especialista en el armado de todo el
proceso del Fideicomiso
• Calificadora de Riesgo: como todo activo de deuda con oferta pública, debe estar calificado
• Auditoría: presentar balances (trimestrales) y el due diligence de la
cartera.
• Asesores Legales: el armado de contratos, prospectos, etc. deben estar confeccionados por abogados expertos. Ídem impositivistas
• Agente Colocador: un banco o sociedad de bolsa es la encargada de realizar la venta de los títulos valores (de deuda o participación) al público
• Otros: dependiendo la naturaleza del activo subyacente, puede requerirse un Agente de Cobro, asesores o administradores específicos en quien delegar tareas especiales que el Fiduciario no podría realizar directamente.
Clasificación de títulos valores autorizados :warning:
Certificados de deuda (CD) – Valores de Deuda Fiduciaria VDF:• Se asemeja a la emisión de un
bono
porque el Fideicomiso se compromete a devolver el capital prestado más intereses con el flujo de fondos que generan los activos Fideicomitidos. Poseen las características propias de un instrumento de
renta fija
, y por lo tanto proporcionan al inversor el derecho al cobro de los pagos periódicos de renta y amortización que efectúe el fiduciario de acuerdo a las condiciones de emisión.
Certificados de Participación (CP):
•El Beneficiario participa del negocio y riesgo de la operatoria. Cumple con las obligaciones con los tenedores de los CD (si existieran) y el flujo de fondos remanente queda para los tenedores de los CP.
• Si fue un buen negocio, seguramente la rentabilidad será atractiva; si no lo fue, en un caso extremo, pierde toda la inversión. Poseen las características propias de un instrumento de
renta variable
, y por lo tanto se los puede asimilar a una
acción
, ya que su tenedor tiene derecho a cobrar los fondos remanentes del fideicomiso una vez cancelados los servicios de los VDF y los gastos del fideicomiso.
• Es importante destacar que un fideicomiso financiero puede emitir más de un clase de valores representativos de deuda fiduciaria
• En general, las diferentes clases se diferencian entre sí por el grado de prelación en el cobro al que dan derecho (lo que se denomina técnicamente “subordinación”), y son identificadas con distintas letras.
• Así, un VDF Clase A o “Senior” tiene prioridad en el cobro frente al tenedor de un VDF Clase B o “Subordinado”. Las diferentes clases suelen tener distinta calificación de riesgo crediticio, tasa de cupón y plazo de emisión, entre otras características.
Fondo de Garantía: Depósito fondos adicionales para cubrir una o más cuotas y ser utilizado en caso de algún problema técnico u operativo en el cobro del flujo de fondos cedido
Garantía por morosidad:El Fiduciante se compromete a reemplazar o recomprar créditos morosos al
superar un nivel predeterminado.
Sobrecolateralización:Los activos cedidos tienen un monto superior al emitido para que ese flujo de fondos excedente se utiliza ante cualquier contingencia
Amortización acelerada:Posibilidad de diferir el pago de los CD B para destinar mayor proporción
del flujo de fondos en cancelar los CD A.
Privilegio en la frecuencia de pago: Ejemplo: pagar a los tenedores de los CD A en forma mensual y a los CD B en forma trimestral
Fideicomiso financiero
La clase de un fideicomiso financiero(VDF) ya sea de clase A,B o C va a depender de la prioridad del cobro ej el tramo A cobra primero q el B y asi sucesivamente. Lo mismo pasa con el riesgo. Los tenedores de la clase A corren menos riesgo q los B y asi sucesivamente
Fideicomisos Securitizacion(es un fideicomiso que funciona como cobertura)
Características de activos securitizados
Homogeneidad
Atomizados para disminuir los riesgos individuales.
Flujo de fondos que permita estimar amortización y pago de intereses.
Parámetros de riesgo deben ser estables. La morosidad, precancelaciones, etc. deben poder estimarse.
Posibilidad de realizar acciones judiciales en caso de mora o cualquier problema que afecte el valor de los activos.
Ventajas para el Fiduciante
• Reduce el riesgo de descalce temporal (ej. Bancos
• El FF puede obtener incluso una calificación de riesgo
superior a la del propio Fiduciante
• Proyectos de envergadura (inversores institucionales).
• Incrementa la capacidad prestable del Fiduciante
(apalancamiento).
• Algunos FF tienen beneficios impositivos.
• Permite trasladar a los inversores los riesgos implícitos de los activos fideicomitidos.
• Transforma activos ilíquidos en líquidos.
• Adelanta un flujo de fondos futuro.
• Inversores institucionales (<investment grade).
Ventajas para el Inversor:
• Patrimonio separado del Fiduciante y del Fiduciario, quedando los activos fideicomitidos resguardados de cualquier problema.
• Al estar aprobada y supervisada por la CNV, tener calificación crediticia, auditorías, etc., lo trasforma en un instrumento seguro para el inversor.
• Alternativa de inversión directa para inversores:
• Cartera diversificada de instrumentos a los cuales sería
dificultoso invertir directamente (Ej. Hipotecas).
Fideicomiso Unilateral
No podrán constituirse fideicomisos por acto unilateral, entendiéndose por tales aquellos en los que coincidan las personas del fiduciante y del fiduciario, ni podra el fiduciario reunir la condición de único beneficiario.(no se pueden unificar fiduciante y fiduciario)
Deberán encontrarse claramente diferenciadas las posiciones del fiduciario y del fiduciante como partes esenciales del contrato, de la que pueda corresponder a los beneficiarios.
El/los fiduciario/s y el/los fiduciante/s que resulte/n ser tenedor/es de valores negociables fiduciarios podrá/n asistir a las asambleas de beneficiarios del fideicomiso, no pudiendo votar cuando la decisión a adoptarse pueda generar conflicto con el interés del resto de los beneficiarios.
Fiduciario Delegación (fiduciario delega sus funciones, agentes de control y agentes de cobro)
La administración, que comprende todas las funciones inherentes a la conservación, custodia, cobro y realización del patrimonio fideicomitido, corresponde al fiduciario. El fiduciario
podrá delegar la ejecución de las funciones de administración.
•
En todos los casos el fiduciario es responsable frente a terceros por la gestión del subcontratante
El fiduciario debe asegurar la custodia de los documentos que le permitan el ejercicio de todos los derechos que derivan de su condición de titular del dominio fiduciario.
El Fiduciario deberá designar un Agente de Control y Revisión para:
• Realizar la revisión y control de los activos transferidos.
• Control de los flujos de fondos provenientes de la cobranza.
• Análisis comparativo del flujo de fondo teórico.
Los informes elaborados por el Agente de Control y Revisión sobre el resultado de las tareas desarrolladas durante la vigencia del fideicomiso, deben ser emitidos con una periodicidad no mayor a UN MES.
*
El Fiduciario podrá
deisgnar un Agente de Cobro
, quien deberá depositar en la cuenta del Fideicomiso, operada exclusivamente por el Fiduciario, los fondos provenientes de la cobranza en 3 días hábiles como máximo.
Fideicomiso PYMES
Serán considerados FF destinados al financiamiento de PYMES aquéllos que reúnan al menos una de las siguientes características distintivas:
• Que el/los fiduciante/s califiquen como PYMES CNV.
• Que en el caso de fiduciantes que no reúnan la condición de PYMES CNV, al menos el 70% del
monto del activo fideicomitido
se encuentre conformado por Derechos o créditos provenientes de operaciones celebradas con PYMES CNV.
•
Que en las emisiones con pluralidad de fiduciantes, al menos el 70% del monto del activo fideicomitido,se encuentre conformado por derechos o créditos celebradas con PYMES CNV.
No resultará exigible la acreditación cuando la emisión se encuentre avalada por una Sociedad de Garantía Recíproca y/o un Fondo de Garantía de Carácter Público(deben estar garantizadas por una sgr)
Cuando los fideicomisos financieros no reúnan las características requeridas en el artículo anterior no se podrá incluir en la denominación del fideicomiso financiero la expresión "PYMES”.
Tips Importantes
• No todos los Fideicomisos tienen el mismo riesgo. Eso depende principalmente de los activos fideicomitidos.
Los VDF tienen menor riesgo que los CP (los primeros cobran antes que los segundos), por ende no se puede exigir la misma rentabilidad.
•
COROLARIO
: Un inversor adverso al riesgo preferirá VDF compuesto, por ejemplo, de créditos de consumo.
Los VDF los puede emitir el fiduciario o un 3ro
Los bienes del fiduciario no son activos fideicomitidos para el caso de los VDF
La subasta o lict publica de una VDF se realiza por
Licitacion abierta para el tramo competitivo
Licitacion cerrada para el tramo no competitivo