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DERECHO DE SEGUROS
Definición:
Es la rama del derecho mercantil que se encarga de regular la actividad aseguradora, lo que incluye el régimen jurídico aplicable a los contratos de seguros y el estatuto jurídico de las compañías de seguros.
Historia
Se remonta a las antiguas civilizaciones de donde se utilizaban prácticas que constituyeron los inicios de nuestro actual sistema de Seguros. Probablemente las formas más antiguas de Seguros fueron iniciadas por los Babilonios y los Hindúes. Estos primeros contratos eran conocidos bajo el nombre de Contratos a la Gruesa y se efectuaban, esencialmente, entre los banqueros y los propietarios de los barcos. Con frecuencia, el dueño de un barco tomaría prestados los fondos necesarios para comprar carga y financiar un viaje.
CONTRATOS Consiste en una póliza que especifica los términos estipulados entre las partes, por la cual el asegurador se compromete a indemnizar al asegurado una determinada cantidad en función de la prima desembolsada
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EL RIESGO Es la probabilidad de que ocurra un siniestro de una determinada manera, y los seguros dan coberturas a esos riesgos indemnizando, sustituyendo, reparando o dando asistencia según el tipo de riesgo del que queramos estar protegidos
Clasificación
De acuerdo a su asegurabilidad. Cuando el riesgo es asegurable porque cumple con las características esenciales del riesgo. O si el riesgo no es asegurable porque carece de alguno de los elementos característicos del riesgo.
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De acuerdo a su regularidad estadística. Ya sea riesgo ordinario, que se puede medir estadísticamente y responde en su planteamiento y efectos previsibles a las pautas normales de contratación. O puede ser riesgo extraordinario, que al ser de irregular ocurrencia estadística, excede de la posibilidad de cobertura de un seguro habitual.
De acuerdo al grado de intensidad. Es variable cuando puede tener consecuencias diferentes. Constante cuando tiene los mismos efectos.
De acuerdo a su proximidad física respecto de otros riesgos. Puede ser riesgo distinto, riesgo común, riesgo contiguo, riesgo próximo o inmediato.
De acuerdo a su comportamiento con el paso del tiempo. Ya sea riesgo progresivo (va aumentando con el tiempo como la muerte de una persona) o riesgo regresivo (disminuye con el tiempo, como el riesgo de no cobrar un crédito pendiente a medida que el deudor va reembolsando su importe en el plazo establecido)
Características
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Posible. La posibilidad tiene dos limitaciones que son la frecuencia y la imposibilidad (por ejemplo un sismo).
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Contenido económico. Al materializarse el riesgo en un siniestro, debe tener una valoración económica
PÓLIZA es un documento legal, suscrito por el asegurado y la compañía de seguros, en el cual se establecen los derechos y obligaciones de cada parte y que da validez al contrato de seguros.
Condiciones
Nombre y apellidos o denominación social de las partes contratantes y su domicilio, así como la designación del asegurado y beneficiario, en su caso.
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Naturaleza del riesgo cubierto, describiendo, de forma clara y comprensible, las garantías y coberturas otorgadas en el contrato, así como respecto a cada una de ellas, los derechos, las exclusiones y limitaciones que les afecten.
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Importe de la prima, recargos e impuestos.
Vencimiento de las primas, lugar y forma de pago.
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Si interviene un mediador en el contrato, el nombre y tipo de mediador
Términos generales: Se describen las condiciones en general, detallando las coberturas, riesgos, obligaciones y en cuales situaciones se queda excluido de los beneficios del seguro.
Términos particulares: En esta sección se encuentran los datos personales y de la aseguradora, beneficiarios, monto del seguro, prima, su vigencia y las prestaciones en específico del servicio del seguro.
PRIMA La prima de seguro es lo que paga el asegurado. Es el precio del servicio prestado por la aseguradora. Este se fija de antemano, en función de una serie de factores, como el tipo de riesgo que tenga el asegurado, su edad, forma de pago, compensación o el tipo de pago.
Elementos
Prima pura: es la valoración que realiza la aseguradora del riesgo del asegurado. Se calcula en función a las estadísticas.
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Prima total: cantidad final a pagar por el asegurado, que ya incluye los impuestos y otras tributaciones
Clasificación
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Periódica: se estipula un pago a plazos, por norma general de carácter anual.
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Indemnización la cantidad de dinero que la compañía aseguradora está obligada a pagar en caso de siniestro. Este importe se pacta al firmar un contrato con el asegurado, que paga una prima acordada para protegerse de posibles perjuicios.
SINIESTRO es un elemento clave en un contrato de seguro. Se define como la ocurrencia de uno de los riesgos asegurados, en donde la Compañía tiene la obligación de indemnizar, dentro de los límites y con las exclusiones pactadas en el contrato.
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Tipos es Gastos Médicos
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Maternidad. Algunas aseguradoras tienen esta cobertura como adicional y algunas otras como básica, sin embargo, debes tomar en cuenta que al momento de contratar el seguro, no se puede estar embarazada, ya que está cobertura se activa en la póliza durante los 6 meses posteriores a la contratación.
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