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Impuesto al Valor Agregado IVA, Jose Noe Vazquez Gutierrez - Coggle…
Impuesto al Valor Agregado
IVA
Que es un impuesto?
Los impuestos son una contribución (pago) en dinero o en especie, de carácter obligatorio, con la que cooperamos para fortalecer la economía del país.
https://www.sat.gob.mx/consulta/61977/conceptos-tributarios
Que es el IVA
El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es uno de los impuestos
indirectos
que se aplica al consumo en México.
Es decir, que dicho impuesto se agrega al valor de los productos o servicios, de acuerdo con lo establecido en la Ley del IVA.
Es decir, que no se calcula con base en los ingresos de los contribuyentes de forma directa, si no con base en el costo del producto que cada consumidor paga.
https://konta.com/blog/todo-lo-que-debes-saber-sobre-el-iva-en-mexico?utm_source=web&utm_medium=blog&utm_campaign=seo&utm_content=Todo+sobre+el+IVA+en+M%C3%A9xico+%7C+Konta+%7C+Konta
Indirecto y
regresivo
Aunque es el proveedor del producto quien paga el impuesto al organismo gubernamental, luego recupera dicho porcentaje con la compra de los consumidores finales, que son quienes soportan el Impuesto sobre el Valor Agregado.
Quien paga IVA
Según la Ley del IVA (LIVA) las personas físicas, autónomos, y morales están obligadas a pagar el IVA cuando realicen alguna de las siguientes actividades:
Enajenación de bienes
Prestación de servicios independientes
Otorguen el uso o goce temporal de bienes
Importación de bienes o servicios
Terminología útil para este mapa mental:
Enajenación de bienes
La enajenación de bienes es la transferencia de la propiedad de un bien o activo de una persona a otra. La acción puede llevarse a cabo mediante diversas modalidades como la venta, donación o la cesión, entre otras.
https://www.conceptosjuridicos.com/mx/enajenacion-de-bienes/
Cuando se paga el IVA
Se deberá pagar a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el impuesto.
Aunque, dependiendo del régimen fiscal al que pertenezcan, pueden existir particularidades que es importante contemplar.
Tasas
Tasa general
16%
Se aplica a la enajenación de bienes, prestación de servicios
independientes, importación de bienes y servicios, y al uso temporal de bienes.
Nota: En 2019 entró en vigencia un decreto mediante el que se aplicaba una reducción del 50% de la tasa general del IVA para la zona norte de México.
Tasa 0
0%
Se aplica a alimentos básicos, medicinas y servicios médicos, libros y periódicos, servicio de agua potable o transporte público entre otros
Aquellos que están exentos del IVA, no tienen ninguna obligación de hacer la declaración del IVA ni de DIOT (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros).
Subcategorias del IVA
IVA trasladado
Es aquel que cobramos a nuestros clientes. El contribuyente
que general el bien de consumo no lo paga, sino que lo traslada hasta que llega al consumidor final.
Se traslada al facturar y debe aparecer en todo comprobante fiscal de pago, donde se desglosa el precio y el IVA que se paga sobre él
El IVA trasladado se divide en dos:
IVA trasladado o cobrado
Es aquel que se ha cobrado por ingresos percibidos.
Se
carga
por devoluciones o descuentos que se brindan sobre las ventas de contado y por el importe para su cancelación al final del mes para determinar el IVA a cargo o a favor.
Se
abona
por el IVA efectivamente cobrado que proviene de los ingresos (IVA cobrado a clientes) y por el traslado del impuesto que procede del IVA por trasladar (cuando se percibe el IVA de las ventas a crédito)
Iva por trasladado o pendiente por trasladar
Aquel que todavía no se ha recibido puesto que la venta fue realizada a crédito.
Se
carga
por el impuesto de las devoluciones y descuentos efectuadas a los clientes sobre las ventas o servicios a crédito y para traspasar el IVA que se haya percibido con abono a la cuenta de IVA trasladado (cuando los clientes paguen su adeudo)
Se
abona
por el importe de IVA que aún no se ha saldado proveniente de los ingresos, ventas o servicios a crédito
IVA acreditable
Este es el impuesto que no es trasladado, es decir, que pagamos por bienes y
servicios.
El IVA acreditable se divide en dos:
IVA acreditable
El que efectivamente abonamos.
Se carga por el IVA efectivamente pagado en gastos realizados, como compras y pagos por servicios
se abona por el importe de las devoluciones o descuentos que se hacen sobre ciertas compras, siempre que haya sido de contado
IVA pendiente por acreditar o IVA por acreditar
Aquel que aún no hemos pagado pues la adquisición de mercancías o el pago de
gastos se ha hecho a crédito.
Se carga cuando queda pendiente por pagar en las erogaciones efectuadas a
crédito.
Se abona por el importe del IVA de las devoluciones que hacemos o descuentos que nos realicen y por el importe de IVA pagado con cargo a IVA acreditable (cuando el IVA que debemos sea efectivamente abonado)
En pocas palabras: el IVA trasladado es aquel que se cobra al consumidor y el IVA acreditable es aquel que se paga
Acreditamiento del IVA
Si vendes bienes o prestas servicios, de los cuales una parte se gravan con Impuesto sobre el Valor Agregado y otra están exentos, podrás calcular el IVA acreditable.
Es decir, aquel que puedes restar del IVA que cobras a tus clientes para obtener un monto que debes pagar al Servicios de Administración Tributaria, SAT.
Requisitos para el acreditamiento del IVA
Se podrá acreditar si los bienes, servicios o el uso o goce, son considerados como deducibles para el efecto de la LISR (Ley del Impuesto sobre la Renta).
El IVA tendrá que estar separado del precio de los bienes, servicios o uso o goce en la factura.
Debe haber sido efectivamente pagado en el ejercicio a acreditar.
El IVA retenido a terceros debe ser efectivamente enterado a las autoridades fiscales.
Jose Noe Vazquez Gutierrez