Constitución Política-Derechos fundamentales de la persona

La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.

Derecho

A la vida.

A la igualdad ante la ley.

A la libertad.

A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento.

A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública.

A que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar.

Al honor y a la buena reputación.

A la libertad de creación intelectual, artística, técnica y científica

A la inviolabilidad del domicilio

Al secreto y a la inviolabilidad de sus comunicaciones y documentos privados.

A elegir su lugar de residencia.

A reunirse pacíficamente sin armas.

A asociarse y a constituir fundaciones.

A contratar con fines lícitos, siempre que no se contravengan leyes de orden público.

A trabajar libremente.

A la propiedad y a la herencia.

A la propiedad y a la herencia.

A mantener reserva sobre sus convicciones políticas.

A su identidad étnica y cultural.

A formular peticiones, individual o colectivamente, por escrito ante la autoridad competente.

A su nacionalidad.

A la paz.

A la legítima defensa.

A la libertad y a la seguridad personal.