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DEMANDA
Tiene que ser por escrito, tomando en cuenta todos los requisitos
Art. 397-110-404-408-I, 327-49-1360 a
1397-1401 a 1428 CC.
SI CONSIDERA QUE TIENE SUFICIENTE fuerza coactiva se dictara sentencia en el plazo de 3 dias
ART. 408
SENTENCIA INICIAL
Se ordenara el embargo y la ejecucion coactiva hasta que se haga efectiva la suma reclamada
ART. 405, 406 CPC
CITACION
Se realiza con la demanda y la sentencia en el plazo de 24 horas una vez disctada la resolucion
Art. 119-74, I, II-75-77-
78-80-117,I-118 CPC.
EXCEPCIONES
El coactivado tiene el plazo de 5 dias para plantear excepciones
ART. 409
De aceptarse las excepciones se correra traslado a la otra parte en el plazo de 5 dias
ART. 409
RECURSO DE APELACION
La resolucion que rechace las excepciones seran apelables en efecto devolutivo
En caso del art 404 num 2 al 5, las partes tienen derecho a promover demanda ordinaria en el plazo de 6 meses
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RADICATORIA Y AUTO DE VISTA
Se pronunciara el auto de vista en el plazo de 15 dias
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NOTIFICACION
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PROCESO DE EJECUCION COACTIVA ART. 404 CPC
Si no se hubieran opuesto excepciones y estas fueron rechazadas por inadmisibles, se proseguira la ejecucion coactiva sin otra tramite
Art. 409-410-382-383-384-385 CPC.
SI CONSIDERA QUE NO TIENE SUFICIENTE FUERZA COACTIVA se tendra que subsanar en el plazo de 3 dias
ART. 110,404