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LA RELACION OBLIGACIONAL JURIDICO TRIBUTARIA - Coggle Diagram
LA RELACION OBLIGACIONAL JURIDICO TRIBUTARIA
es:
Es el vinculo legal entre el Estado o ente acreedor al tributo y el obligado o deudor
Elementos:
1)El sujeto activo----2)El sujeto pasivo(contribuyente o sustituto)-----3)La obligacion tributaria-----4)La hipotesis tributaria-----5)La hipotesis legal tributaria-----6)El tercero responsable
Obligacion Tributaria
ES:
Es el deber(vinculo) que tiene el sujeto pasivo o tercero responsable con el Sujeto Activo de cumplir con el pago material del tributo u otros componentes de la deuda tributaria, cuando se produce el hecho imponible y con las formalidades expresamente previstas por normas tributarias especificas
El sujeto Activo:
Es el Estado haciendo uso de su poder tributario, ejerciéndose por la administración tributaria, nacional, departamental, y municipal dispuestas por ley. Es inherente al Estado
El sujeto pasivo
El contribuyente o sustituto del mismo quien debe cumplir las obligaciones tributarias establecidas por leyes
Contribuyente:
Es el sujeto pasivo en el que se verifica el hecho generador de la obligacion tributaria
Pueden ser: Personas Naturales, Personas Juridicas, Herencias
Tipos:
(A)PRICOS: Principales contribuyentes los que ocupen los 75 primeros lugares en la información acumulada y procesada anualmente por la Administracion Ttributaria
(B)GRACOS: Grandes Contribuyentes son aquellos que ocupan los lugares de 76 a 1569
(B)RESTO: de 1569 en adelante
Los tipo A: Ingresos brutos mayores o iguales a 1´200.000.00 deben presentar junto con el formulario correspondiente a la declaración de impuestos a las utilidades de la empresa: a)Estados Financieros. b) Dictamen de Auditoria Externa sobre Estados Financieros. c)Pronunciamiento del auditor sobre la situacion tributaria del contribuyente.
Los tipo B: Presentan junto con el formulario correspondiente a la declaración de impuestos a las utilidades de la empresa: a)Estados Financieros. b) Dictamen de Auditoria Externa sobre Estados Financieros. c)Informacion tributaria Complementaria. d)Dictamen de Auditoria Externa sobre la informacion tributaria complementaria. e)Informe sobre los procedimientos minimos utilizados
SUSTITUTO:
Es la persona Natural o Juridica quien en lugar del contribuyente debe cumplir las obligaciones tributarias materiales y formales
...
Efectuada la retencion o percepcion, el sustituto es el UNICO responsable ante el fisco por el importe retenido o percibido considerando extinta la deuda con el sujeto pasivo
Agente De Retencion:
Es la persona Natural o Juridica designada a retener el TRIBUTO que resulte a gravar operaciones establecidas por ley
Es responsable ante el contribuyente por las retenciones efectuadas sin normas legales o reglamentarias que las autoricen
El agente de percepcion:
Persona natural o juridica designado a obtener junto con el monto de las operaciones que originan la percepcion, al tributo autorizado
ej un vendedor
La Deuda Tributaria:
Se presenta cuando no se cumple una obligacion tributaria dentro del plazo previsto por ley, lo que origina el pago de recargos, intereses por mora o multa por incumplimiento
La hipotesis legal tributaria u objeto del tributo:
Es la descripcion que hace la ley de las caracteristicas del hecho imponible
El Tercero Responsable:(si no esta el titular)
Son aquellos que administran un patrimonio ajeno o debido a la sucesion de obligacion por efecto de transmision gratuita o conmutación de prestaciones recíprocas, de bienes
Terceros responsables por administracion de patrimonio ajeno:
Padres de menores contribuyentes
Los albaceas o administradores por sucesiones hereditarias
Los tutores y los curadores de menores e interdictos
Representates de personas juridicas con personalidad legalmente reconocida
Mandatarios que administren bienes
los que manejan el proceso de liquidacion, liquidadores
Responsables por representacion del sujeto pasivo y responderan por la deuda tributaria solamente hasta el limite del valor del patrimonio que se esta administrando
Responsabilidad subsidiaria: (secundaria)
Cuando el patrimonio del sujeto pasivo no llegara a cubrir la deuda, el tercero responsable pasa a la condicion de responsable SUBSIDIARIO de la deuda impaga y respondera por el saldo de la deuda ⇔el tercero responsable actuase con intencion, dolo
Responsabilidad Solidaria:
Cuando sean dos o mas los terceros responsables por representacion o en forma subsidiaria, tendran una responsabilidad solidaria, osea se les puede exigir el pago total a cualquiera sin perjuicio del derecho a repeticion con lo otros terceros responsables