El Artículo 994, Fracción V de la Ley Federal del Trabajo, establece una sanción de 250 a 5 mil UMAS para el patrón que no observe en la instalación de las normas de seguridad e higiene en sus establecimientos, las normas de seguridad e higiene o las medidas que fijen las leyes para prevenir los riesgos de trabajo. El valor de la UMA se actualiza cada año, por lo que el monto de la multa puede variar. En 2022, el valor de la UMA es de $92.72 pesos mexicanos. Por lo tanto, la multa puede oscilar entre $23,180 y $463,600 pesos mexicanos.