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Reglamento federal de seguridad y salud en el trabajo. - Coggle Diagram
Reglamento federal de seguridad y salud en el trabajo.
La Secretaría, en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo debe:
Autorizar el uso de materiales alternativos
Actualizar las tablas de Enfermedades de Trabajo
Difundir normas de Seguridad y Salud
Emitir reconocimientos a empresas que cumplan la normas y sanciones para las que no.
Evaluación la Conformidad y cumplimiento de las normas
Promover la constitución y funcionamiento de las Comisiones de Seguridad e Higiene,
Hacer programas para prevenir accidentes y enfermedades
Suscribir convenios en materia de Seguridad y Salud.
Etc.
Obligación de los patrones:
Proporcionar a los trabajadores el Equipo de Protección
Realizar acciones contra los contaminantes del ambiente laboral
Capacitar respecto a la atención de emergencias
Colocar señales para informar, advertir y prevenir Riesgos
Restringir el acezo en ciertas áreas a personal no autorizado
Ordenar la aplicación de exámenes médicos de ser necesaria
Avisar sobre accidentes o defunciones en el trabajo
Informar a los trabajadores los riesgos de su trabajo
Integrar programa de Seguridad, Salud e higiene
Expedir las autorizaciones para trabajos peligrosos
Dar mantenimiento de máquinas, vehículos, equipo, etc.
Contar con los dictámenes, informes y certificados de cumplimiento de Seguridad y Salud en el Trabajo
Elaborar un estudio para analizar riesgos
Llevar registros de datos relevantes
Etc
Permitir la inspección y vigilancia de la Autoridad Laboral
Normalización en Seguridad y Salud en el Trabajo evita:
Riesgos que pongan en peligro la vida, integridad física o salud de los trabajadores
Cambios adversos y sustanciales en el ambiente laboral, que afecten la seguridad de los trabajadores o provocar daños a las instalaciones.
Obligaciones de los trabajadores:
Mantener ordenada y limpia su área
Dar aviso sobre las Condiciones Inseguras
Designar un representantes en la Comisión de Seguridad e Higiene
someterse a los exámenes médicos
conocer las medidas preventivas de Seguridad y Salud
Participar en la capacitación y adiestramiento
Cumplir con las medidas para prevenir Riesgos
participar en las brigadas para la atención a emergencias
Utilizar y conservar en buen estado el equipo de protección
Operar en forma segura la maquinaria y herramientas
Sanciones Administrativas
Las mulatas que se apliquen al patrón son acordes al salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal
Multa de 250 a 2500 salarios
si no cumple con:
Requisitos y condiciones de seguridad para trabajadores con discapacidad
Requisitos y condiciones de seguridad para Trabajadores del Campo
Si no permita el ejercicio de las funciones de inspección y vigilancia por parte de la Autoridad Laboral
Multa 50 a 2500 salarios
si se asigna trabajos complejos a mujeres en estado de gestación o de lactancia, así como a menores.
Multa de 50 a 3000 salarios
Si no cumple con:
Realización de acciones de Reconocimiento, Evaluación y Control de los Contaminantes del Ambiente Laboral.
Aplicación de los exámenes médicos al Personal ocupacionalmente Expuesto
Suministro del Equipo de Protección Personal
Multa de 50 a 2000 salarios
Si no acreditan dentro del plazo:
Las autorizaciones para realizar actividades peligrosas
Los registros administrativos
Avisos a las instituciones de seguridad social sobre accidentes, defunciones y enfermedades,
Avisos sobre el funcionamiento de recipientes sujetos a presión, criogénicos y generadores de vapor
Los informes de resultados y certificados de Seguridad y Salud en el Trabajo
Multa de 250 a 5000 salarios :
Si no acredite dentro del plazo:
La difusión de información a los trabajadores requerida
La capacitación y adiestramiento de los trabajadores
Colocación en lugares visibles los avisos o señales para informar, advertir y prevenir Riesgos
Para la imposición de las sanciones se tomará en cuenta:
La gravedad de la infracción,
La capacidad económica del infractor
Los daños que se hubieren producido
La reincidencia del infractor.
El carácter intencional o no de la acción u omisión
Los edificios, locales, instalaciones y áreas de trabajo, deben contar con las siguientes características:
.
Proveer ventilación natural o artificial
La infraestructura tiene que ser segura
contar con salidas de emergencia
Tener tomas de agua potable
Tener sanitarios y lavabos para mujeres y hombres
Contar con regaderas y vestidores (de ser necesario)
Tener lugares higiénicos para el consumo de alimentos
Mantener en orden y limpieza las áreas de trabajo y sus alrededores
Informar a los trabajadores sobre el uso y conservación de las áreas
Para prevenir diversas problemáticas los patrones deberán procurara que las siguientes ares acaten las indicaciones en materia de seguridad y salud:
Manejo, transporte y almacenamiento de materiales y/o de sustancias químicas peligrosas
El funcionamiento de recipientes a presión, criogénicos y generadores de vapor
Realización de trabajos en altura
Para la conducción de vehículos motorizados
Utilización de maquinaria, equipo y herramientas
realización de trabajos en Espacios Confinados
Prevención y protección contra incendios
mantenimiento de las instalaciones eléctricas
Prevenciones Especiales en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo
Se prohíbe asignar a mujeres en estado de gestación,
La realización de los trabajos, que demanden mucho esfuerzo físico, o que lleguen a poner en peligro su integridad y/o la del embrión.
Las mujeres que desempeñen sus labores, deberán informar al patrón que se encuentran en estado de gestación, a fin de que éste las reubique temporalmente en otras actividades que no sean peligrosas o insalubres.
mujeres en estado de lactancia
No deberán trabajar en labores en que exista exposición a Sustancias Químicas Peligrosas capaces de actuar sobre la vida y salud del lactante o de interrumpir dicho proceso.
Menores de edad
se prohíbe asignar a personas trabajadoras menores de edad, la realización de las siguiente labores:
Manejo de trasportes, maquinaria o herramientas
custodiado bienes y valores
Que demande mucho esfuerzo físico
Trabajos peligrosos o insalubres
Actividades con alto grado de dificultad
Actividades industriales Nocturnas
Trabajadores con Discapacidad
Considerar las acciones preventivas y correctivas para la prevención de Riesgos
Contar con instalaciones adecuadas para el acceso, desarrollo y desplazamiento
Realizar las adaptaciones necesarias
Contar con condiciones de Seguridad y Salud
Prever el apoyo que se les debe brindar en caso de emergencias.
Para la ejecución de las labores agrícolas, ganaderas, acículas, forestales o mixtas:
Comunicar a los trabajadores las instrucciones de seguridad
Contar con equipo, medicamentos y antídotos necesarios para emergencias
Proporcionar a los Trabajadores del Campo habitaciones cómodas e higiénicas
• Brindar transportación
Comisiones de Seguridad e Higiene
Dar autonomía a los médicos para certificar la capacidad de los trabajadores
Los médicos comunicaran al patrón los resultados de los exámenes médicos, en cuanto a la aptitud laboral de los trabajadores para reanudar su trabajo, respetando a la confidencialidad
Servicios Preventivos de Medicina del Trabajo
Proporcionar los medicamentos, materiales de curación y equipo indispensables
Instaurar y dar seguimiento a las acciones y programas para promover la salud
Obtener su opinión sobre acciones para promover la salud y prevenir adicciones
Promoción de un Entorno Organizacional Favorable y prevención de la Violencia Laboral.
Disponer de mecanismos seguros de quejas
Adoptar las medidas preventivas pertinentes
Realizar evaluaciones
Difundir entre los trabajadores información relevante
Definir políticas para la promoción de un entorno Favorable y la prevención de la Violencia
Servicios Preventivos de Seguridad y Salud
.
Apoyar las investigaciones y dar seguimiento
Difundir información relevante
Constituir e integrar al menos una Comisión
Designar a su representante
Solicitar al sindicato o la designación de sus representantes
Factores donde los patrones deben adoptar medidas preventivas para mitigar los factores de riesgo, según las disposiciones generales para la salud en el trabajo.
exposición de los trabajadores a agentes biológicos y químicos capaces de alterar su salud
uso, manejo, almacenamiento o transporte de fuentes de radiación ionizante
Ruido y/o Vibraciones
iluminación del Centro de Trabajo
Factores de Riesgo Psicosocial del Centro de Trabajo, donde se deberá:
Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos o a actos de Violencia Laboral, y valorarlos clínicamente
Adoptar las medidas preventivas pertinentes para mitigar los Factores de Riesgo Psicosocial
Analizar los puestos de trabajo con Riesgo psicosocial por la naturaleza de sus funciones o el tipo de jornada laboral
Practicar exámenes o evaluaciones clínicas al Personal Ocupacionalmente Expuesto a Factores de Riesgo Psicosocial
Centros de Trabajo donde se generen radiaciones electromagnéticas no ionizantes
exposición de los trabajadores a presiones ambientales anormales
Factores de Riesgo Ergonómico del Centro de Trabajo
Programas, comisiones y Comités relevantes en las empresas
Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
tiene por objeto coadyuvar en el diseño de la política nacional en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo; proponer reformas y adiciones al presente Reglamento y a las Normas, así como estudiar y recomendar medidas preventivas para abatir los Riesgos en los Centros de Trabajo
Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo
Impulsa que las empresas instauren y operen Sistemas de Administración en Seguridad y Salud en el Trabajo, con la corresponsabilidad de empleadores y trabajadores, a partir de estándares nacionales e internacionales, y con sustento en la normativa vigente, a fin de favorecer el funcionamiento de Centros de Trabajo seguros e higiénicos.
Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo
Es el órgano facultado para la elaboración de los proyectos de Normas y la promoción de su cumplimiento.