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PAGARÉ - Coggle Diagram
PAGARÉ
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El endoso es una forma de transmisión de un título de crédito. A través del endoso el tenedor del documento (endosante) manifiesta su voluntad de transmitir el documento a otra persona (endosatario). El endoso deberá constar en el título de crédito o en hoja adherida a él.
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La clase de endoso (“en propiedad”, “en procuración”, “en garantía”).
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Tendrá acción cambiaria para reclamar el pago del importe del pagaré, intereses y gastos.
Sí, la acción cambiaria prescribirá en tres años contados a partir del día del vencimiento del pagaré.
Si un pagaré no menciona el lugar de pago, se considerará que el lugar de pago será el domicilio del suscriptor del pagaré.
Es un título de crédito que contiene una promesa incondicional de pago de una suma determinada de dinero que hace una persona denominada suscriptora a otra persona denominada beneficiaria o tenedora.
Si un pagaré no menciona la fecha de vencimiento, se considerará que el suscriptor deberá pagarlo cuando el beneficiario o tenedor le presente el documento, esto es cuando lo ponga a su vista.
Un pagaré deberá contar forzosamente con la indicación de la promesa incondicional de pago de una suma determinada de dinero
La persona que firma o suscribe un pagaré se obliga a pagar la suma determinada de dinero que en el documento se establezca a favor del beneficiario.
El pagaré es un título de crédito y como tal puede circular, esto es, puede transmitirse el documento y los derechos que ampara. El pagaré puede transmitirse a través del endoso y mediante la entrega del documento. También puede transmitirse por cesión o por cualquier otro medio legal.