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PROFESORADO, Licencia Creative Commons 4.0 Internacional. Fernando Soler…
PROFESORADO
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Centros fuera del sistema educativo (Grados A, B y C). El profesorado deberá cumplir alguno de los siguientes requisitos (Art.168)
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GS, GM, o Grado C nivel 2 ó 3. La primera vez que se imparta docencia no hace falta Certificado Profesional de Habilitación para la Docencia en Grados A, B y C.
Como experto, al menos 4 años de experiencia en los EC que se van a enseñar. La comunidades autónomas decidirán si hace falta el Certificado P. de Habilitación para la Docencia en los Grados A, B y C. Prioridad tutores de empresa o experiencia docente de al menos 600h en los últimos 5 años.
Otros perfiles
Personas expertas del sector productivo. Sin titulación. Contratados por la administración o, en su caso, los centros. Sólo podrán dar clase si no hay profesores o se trata de cosas muy específicas (Art.170)
Experto sénior de empresa. Igual que personas expertas del sector productivo, pero puede reducir su jornada previamente a la jubilación, o está acogido a jubilación parcial, flexible, o similares (Art.171)
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Condiciones generales
Los PS, PT a extinguir y singulares podrán completar su jornada laboral con cualquier grado, así como ampliar voluntariamente su dedicación bajo el régimen de incompatibilidad del funcionariado (se considerará interés público) (Art.165)
Si no existen profesores disponibles ni en bolsas de interinos, se podrá echar mano de expertos sin titulación. La administración podrá delegar en los propios centros la contratación de este personal (Art.165)
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Licencia Creative Commons 4.0 Internacional. Fernando Soler Parra (Teacher Mr.Soler)