2. El criterio material,
El criterio material, también llamado objetivo o sustancial, define un acto administrativo según su contenido, considerando que todos los órganos públicos pueden emitir actos administrativos, legislativos y jurisdiccionales según su naturaleza. Por ejemplo, Juan Carlos Cassagne, menciona que la emisión de un reglamento por el presidente se considera materialmente legislativa, y el indulto emitido por un funcionario se considera materialmente jurisdiccional. Este enfoque permite distinguir entre actos de diferentes funciones dentro de la administración pública.