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PRINCIPIO Y FIN DE LA EXISTENCIA DE LAS PERSONAS - Coggle Diagram
PRINCIPIO Y FIN DE LA EXISTENCIA DE LAS PERSONAS
CÓDIGO CIVIL
ART. 60-64
Art 60.
El nacimiento de la persona establece su existencia legal
Art 61.
La ley protege la vida del no nacido, y el juez puede tomar medidas para protegerla si se percibe algún peligro.
Art 62.
Se establece una regla para determinar la época de concepción en función de la fecha del nacimiento.
Art 63.
Los derechos que corresponderían a la criatura que está en el vientre materno, si hubiese nacido y viviese, se suspenden hasta el nacimiento.
Art 64.
La existencia de una persona termina con su muerte.
Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia
Aborda cuestiones relacionadas con la protección de los derechos de los niños y niñas, que incluyen la protección de la vida desde la concepción.
Constitución de la República del Ecuador
Estipula el derecho a la vida y la protección de la vida desde su concepción
Código Orgánico Integral Penal
Regula los aspectos penales relacionados con la protección de la vida desde la concepción y durante el embarazo
Ley de Registro Civil y Cedulación
Establece el registro de nacimientos como un paso clave para el reconocimiento legal de la existencia de una persona.
IDEAS
PRINCIPALES
Legislación ecuatoriana
Código Civil de Ecuador
Código Orgánico General de Procesos
Reglamento de Inhumaciones y Exhumaciones
Ley del Registro Civil
Instituciones
Registro Civil del Ecuador
Hospitales
Autoridades legales como el Ministerio de Salud
Funerarias
Fin de la existencia de las personas
Punto de finalización, la muerte
Certificado de defunción
Procedimientos legales relacionados con la muerte
Principio de existenica de las personas
Registros de nacimiento
Leyes relacionadas con el principio
Punto de inicio, el nacimiento