Cuando un trabajador esté enfermo por una enfermedad no profesional, debe proporcionar un certificado médico, preferiblemente emitido por un médico de la Dirección del Seguro General de Salud Individual y Familiar del IESS. El empleador tiene el derecho de verificar la enfermedad en cualquier momento, a través de un médico de su elección. Si hay desacuerdo, un inspector de trabajo tomará una decisión, y en caso de necesidad, nombrará a un tercer médico, cuyos gastos serán cubiertos por el empleador, para resolver la discrepancia.