REGLAS GENERALES PARA LA INVESTIGACIÓN DEL DELITO Y EL CONTROL DE LAS ACTIVIDADES DEL MINISTERIO PÚBLICO DURANTE LA IVESTIGACIÓN.

Recibir la denuncia o querella que se realice por comparecencia, de manera escrita, a través
del sistema informático denominado MP

VICTOR BRANDON GALINDO ALVARADO

Investigar los delitos del orden común en el Distrito Federal, con apoyo de la Policía de
Investigación, de los Servicios Periciales y demás cuerpos de seguridad pública

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PROGRAMAR

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Recabar la declaración de denunciantes, querellantes, víctimas u ofendidos, testigos y
agentes de las diversas policías

EL MINISTERIO PÚBLICO EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO ADVERSARIAL

Solicitar de otras autoridades, antecedentes de otra u otras indagatorias en las que se
encuentre relacionado el o los imputados, o bien cuando la conducta atribuida a éstos, por su
modus operandi, pudiera coincidir con ellos

Programar la investigación con apoyo de los Oficiales Secretarios y los agentes de la Policía
de Investigación y, en su caso, con los peritos, puntualizando y calendarizando las diligencias
ministeriales, policiales y periciales

MEDIDAS CAUTELARES

Adoptar las medidas cautelares necesarias en caso de existir riesgo o peligro, en la

integridad física del denunciante, querellante, ofendido, víctima de delito, testigos y, en su caso, de

servidores públicos

Adoptar las medidas necesarias para la preservación del lugar de los hechos, custodia de
imputados y cadena de custodia de las evidencias así como de los bienes muebles e inmuebles

Tratar con respeto y dignidad a todas las personas que soliciten la intervención de la
Procuraduría quedando estrictamente prohibido cualquier acto discriminatorio

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Auxiliar a otras autoridades, cuando así lo soliciten, en la investigación de los delitos de su

competencia, en los términos de los convenios, bases y demás instrumentos de colaboración

celebrados para tal fin

Practicar las diligencias necesarias

Ordenar la detención de los imputados, tratándose de caso urgente

Respetar y velar por la eficaz observancia de los derechos que la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos

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Entregar en custodia, al ofendido o a la víctima del delito y, cuando sea procedente, los

bienes objeto de la investigación, quedando jurídicamente a disposición del Ministerio Público,

hasta en tanto se dicte la determinación correspondiente respecto de los mismos;

.Canalizar a la víctima, ofendido e imputado a la Unidad de Mediación en la Procuración de
Justicia

Proteger y preservar los indicios del delito

Proteger los derechos e interés superior de los niños, niñas, adolescentes, incapaces,
ausentes, personas adultas mayores y otros de carácter individual o social

Aplicar en el ámbito de su competencia las disposiciones y principios contenidos en los
instrumentos internacionales que suscriba nuestro país