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Las propuestas de Normas Oficiales Mexicanas deben cumplir, como mínimo,…
Las propuestas de Normas Oficiales Mexicanas deben cumplir, como mínimo, con los
siguientes requisitos:
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Clasificación de acuerdo con lo previsto en el artículo 30, último párrafo de esta Ley;
El objetivo, campo de aplicación, así como la descripción de los objetivos legítimos de interés
público que persigue;
Las otras menciones que se consideren pertinentes para la debida comprensión y alcance de la
propuesta
Identificar las autoridades que llevarán a cabo la Verificación o la Vigilancia para su
cumplimiento;
Incluir la propuesta de análisis de impacto regulatorio en los términos señalados por la
Comisión conforme a lo previsto en el artículo 36 de esta Ley;
La identificación, así como las especificaciones, características, disposiciones técnicas, datos e
información correspondientes al bien, producto, proceso, servicio, terminología, marcado o
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En su caso, la referencia a Estándares para su implementación;
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La bibliografía que corresponda, incluyendo, entre otros, los Estándares, las Normas
Internacionales y los Reglamentos Técnicos que, en su caso, se tomaron como referencia para
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El procedimiento, así como la infraestructura para la Evaluación de la Conformidad aplicable.
Para esos efectos, se privilegiará el uso de tecnologías de la información que aseguren la
identificación de bienes, productos, procesos y servicios;
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concordancia de la propuesta con las mismas, señalando si es idéntica, modificada o no
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