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REGLAMENTO DE LA DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS UNIVERSITARIOS DE LA…
REGLAMENTO DE LA DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS UNIVERSITARIOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO
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3- De la Competencia
- Determinar que la Defensoría del Pueblo tiene competencia para conocer casos presentados por estudiantes universitarios y miembros de la comunidad universitaria que consideren que se han vulnerado sus derechos universitarios individuales o personas que vayan en contra de las normas de la organización.
- Resoelve las inconformidades que planteen las autoridades universitarias respecto de las recomendaciones de la Defensoría del Pueblo.
4- Del Procedimiento
- Establecer los principios a seguir en la construcción del proceso, como libertad, inmediatez, focalización y sencillez.
- Empiece por investigar el problema para determinar su origen. En caso de negativa, se informará al interesado de los motivos de la no admisión y recibirá asesoramiento jurídico.
- Una vez recibido el caso, se dará traslado al órgano rector, autoridad competente o funcionario universitario para informar la situación.
- La Inspección propondrá soluciones inmediatas, en caso de no tener éxito podrá proponer medidas preventivas al titular del organismo u órgano rector.
Transitorios
- Transitorio Primero: El regramento es publicado en el órgano oficial "Gaceta Universitaria".
- Transitorio Segundo: Establece que el reglamento entrará en vigor el día de su publicación.
- Transitorio Tercero: Dentro de los cincuenta días hábiles siguientes a la aprobación del reglamento, el Consejo de Gobierno del organismo académico de Derecho deberá integrar una terna para ocupar el cargo de defensores universitarios.